RESOLUCIÓN 669 2011 SECRETARIA DE RECURSOS HUMANOS

Síntesis:

DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO DEL MINISTERIO DE HACIENDA - GERENTES OPERATIVOS - ESTABLECE INCREMENTO SOBRE LA REMUNERACIÓN MENSUAL BRUTA DE LOS TITULARES DE LAS GERENCIAS OPERATIVAS FINANCIAMIENTO INTERNO Y EXTERNO Y DE ADMINISTRACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA - AUMENTOS - SUELDOS - RETRIBUCIONES - REMUNERACIONES - NIVEL CRÍTICO - CRITICIDAD

Publicación:

01/09/2011

Sanción:

17/08/2011

Organismo:

SECRETARIA DE RECURSOS HUMANOS


VISTO:

La Ley N° 471,los Decretos Nros. 684/09, 500/10, 215/11 y 335/11, las Resoluciones Nros. 636/MHGC/11, 127/MHGC/11 y 64/SECRH/11, el Expediente N° 1.209.571/2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 215/11 otorgó al Secretario de Recursos Humanos las atribuciones necesarias para que determine la remuneración de los cargos del Régimen Gerencial, en los casos de designaciones transitorias y/o definitivas;

Que consecuentemente, por medio de la Resolución N° 64/SECRH/11 se estableció una nueva remuneración mensual bruta a percibir por los Gerentes Operativos y Subgerentes Operativos que cubran los mentados cargos en forma transitoria y/o definitiva;

Que la Resolución antes referida estableció como criterio general, que la remuneración de los cargos del Régimen Gerencial deben encontrarse por encima de la remuneración que percibe el personal del Agrupamiento Profesional, del Tramo B, Nivel 6 del Escalafón General, para el cargo de Gerente Operativo y, por encima de la remuneración que percibe el personal del Agrupamiento Técnico, del Tramo B, Nivel 6 del Escalafón General, para el cargo de Subgerente Operativo, y que en ambos casos la referida remuneración bruta, excepto los casos alcanzados por normativas especificas, no supere a la percibida por un Director General;

Que sobre esta base, es preciso diferenciar ciertas Gerencias y Subgerencias Operativas creadas de acuerdo a la importancia que significan las competencias, complejidad, las acciones, y objetivos que a cada una se le asignan dentro de la estructura organizativa;

Que conforme lo establece el Decreto N° 500/10, corresponde a la Secretaría de Recursos Humanos la responsabilidad de definir la política de recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de los cuales se encuentran la determinación de las Gerencias y Subgerencias Operativas;

Que en este sentido, las Gerencias Operativas Financiamiento Interno y Externo y de Administración de la Deuda Pública dependientes de la Dirección General de Crédito Público, a través de las funciones que desempeñan, dan cumplimiento a la correcta programación, utilización y contralor de los medios de financiamiento que se obtienen por operaciones de crédito público, misión que es competencia de la Dirección General de Crédito Público, Órgano Rector del Sistema de Crédito Público, según lo establece la Ley N° 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público;

Que el cumplimiento de dicha misión implica el desempeño de tareas altamente complejas y de gran responsabilidad, que requieren un alto grado de conocimiento técnico, capacitación y experiencia profesional en materia de finanzas públicas a fin de proveer a la Ciudad de Buenos Aires de medios de financiamiento a través de la captación de fondos en los mercados financieros, tanto locales como internacionales;

Que por tanto, dada la importancia que significan las acciones y objetivos de las Gerencias Operativas citadas, dentro de la estructura organizativa, es preciso que las mismas sean diferenciadas por su criticidad y perciban una remuneración mensual bruta mayor que la establecida en la Resolución N° 64/SECRH/11;

Que por ello corresponde que la remuneración mensual bruta de los Gerentes Operativos a cargo de las Gerencias Operativas Financiamiento Interno y Externo y de Administración de la Deuda Pública se incremente en un 15% (quince por ciento) sobre la retribución bruta que percibe un Gerente Operativo para los cargos cubiertos de manera transitoria o para los cargos cubiertos por los procedimientos de selección que se lleven a cabo mediante concursos públicos y abiertos de oposición y antecedentes.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 5° del Decreto N° 684/09, modificado por Decreto N° 215/11,

EL SECRETARIO DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE

Artículo 1.- Establécese que los titulares de las Gerencias Operativas Financiamiento Interno y Externo y de Administración de la Deuda Pública, dependientes de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, percibirán un incremento de un 15% (quince por ciento) sobre la remuneración mensual bruta que percibe un Gerente Operativo a partir del 1° de Julio de 2011.

 Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Crédito Público y de Organización y Estructura de Gobierno del Ministerio de Hacienda. Cumplido, Archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 669-SECRH-11 modifica la Res. 64-SECRH-11 en lo que respecta a la remuneración de los Gerentes Operativos de la DG de Crédito Público del M. de Hacienda