DECRETO 97 2002

Síntesis:

ADICIONAL SALARIAL EN CONCEPTO DE ESTÍMULO A LA ACTIVIDAD EDUCATIVA PARA EL PERSONAL DOCENTE DE LA C.A.B.A. PRORROGA SU VIGENCIA DESDE EL 1°/1 HASTA EL 31/12/02

Publicación:

05/02/2002

Sanción:

30/01/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 4.748/90, y,

CONSIDERANDO:

Que por el citado decreto se estableció un Adicional Salarial para el personal docente en concepto de estímulo a la continuidad en el esfuerzo a la prestación del servicio educativo

Que el aludido Adicional, creado en el mes de septiembre de 1990 se mantuvo por normas de carácter anual hasta el año 2001, siendo su última prórroga aprobada por Decreto N° 439/2001;

Que a fin de mantener la continuidad y la calidad del servicio educativo se hace necesario mantener la vigencia del citado Adicional;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts.102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Prorrógase desde el 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2002 la vigencia del Decreto N° 4.748/90 que establece un Adicional Salarial en concepto de estímulo a la continuidad en el esfuerzo a la prestación del servicio educativo, que se declara aplicable a todo el personal docente dependiente de las Secretarías de Educación y de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - El gasto que demande la aplicación del presente decreto será imputado a las partidas crediticias correspondientes del Presupuesto vigente.

Artículo 3° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Cultura, Educación y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Contaduría.

Tipo de relación

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Dto 4748-90 Prorrorga desde el 1-1 y hasta el 31-12-02 la vigencia del Decreto N° 4.748-90
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