DECRETO 485 2011

Síntesis:

CESIÓN DE CONTRATOS - AUTORIZACIÓN - AUTORIZA LA TRANSFERENCIA PARCIAL DEL CONTRATO DE LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA  298 - 11 A FAVOR DE DE MURATA SA -YUSION SRL VERINI SECURITY SA - UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS - UTE -  OBJETIVOS - OBRAS -  CEMENTERIO DE LA CHACARITA CENTRAL DE DEFUNCIONES - CEMENTERIO DE FLORES

Publicación:

20/09/2011

Sanción:

09/09/2011

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 2095, su Decreto Reglamentario N° 754/08 y sus modificatorios, el Expediente N° 1.551.249/10, y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° 1.551.249/10 ha tramitado la Licitación Pública de Etapa Única N° 298/11 convocada para contratar la prestación del Servicio de Seguridad y Vigilancia Física y Electrónica, con destino a las dependencias y bienes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante Decreto N° 216/11, se aprobó la Licitación Pública N° 298/11 y se adjudicó la prestación del servicio de mención a las firmas LIDERES CONSULTORES DE SEGURIDAD S.R.L., MURATA S.A. -YUSION S.R.L -VERINI SECURITY S.A.­ Unión Transitoria de Empresas, COMAHUE SEGURIDAD PRIVADA S.A. y BRIEFING SECURITY S.A. -IMPES S.R.L -Unión Transitoria de Empresas;

Que se suscribieron los respectivos contratos con las firmas mencionadas;

Que mediante Nota de fecha 15 de junio de 2011 se presentan BRIEFING SECURITY S.A. -IMPES S.R.L -Unión Transitoria de Empresas y MURATA S.A. ­YUSION S.R.L. -VERINI SECURITY S.A. -Unión Transitoria de Empresas, solicitando la autorización de este Gobierno, a fin de transferir objetivos originalmente contratados con la primera Unión Transitoria de Empresas referida, a la segunda, expresando que la prestación habrá de efectuarse en un todo de acuerdo con el contrato oportunamente celebrado;

Que los objetivos a ser transferidos son los siguientes: Cementerio de la Chacarita sito en la Av. Guzmán 680, Central de Defunciones sito en la Av. Guzmán 680 y el Cementerio de Flores sito en la Av. Varela y Balbastro;

Que el Artículo 51 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige en la contratación de mención, establece lo siguiente con relación a la Cesión/transferencia: “EI presente contrato que se celebre, sólo podrá ser transferido y/o cedido con la previa autorización debidamente fundada de la Autoridad que haya dispuesto la Adjudicación“;

Que asimismo resulta de aplicación el artículo 119 de la Ley N° 2095 que dispone “El contrato sólo puede ser transferido y/o cedido por el adjudicatario con la previa autorización fundada de la autoridad competente. En caso contrario el contrato se podrá dar por rescindido de pleno derecho. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. Dicha transferencia o cesión deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad“;

Que, MURATA S.A. -YUSION S.R.L -VERINI SECURITY S.A. - Unión Transitoria de Empresas es adjudicataria del renglón dos de la Licitación Pública de Etapa Única N° 298/11;

Que los organismos técnicos competentes han analizado la capacidad profesional, técnica, económica y financiera de la cesionaria, concluyendo que ésta se encuentra en condiciones para prestar el servicio de mención;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete conforme los términos de la Ley N° 1218 y del Artículo 119 del Decreto N° 754/08;

Que por los motivos expuestos corresponde autorizar la transferencia parcial referida.

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas en los Artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1.- Autorízase la transferencia parcial del Contrato celebrado con LA BRIEFING SECURITY S.A. -IMPES S.R.L. - Unión Transitoria de Empresa a favor de MURATA S.A. -YUSION S.R.L. -VERINI SECURITY S.A. -Unión Transitoria de Empresas, correspondiente a los siguientes objetivos: Cementerio de la Chacarita sito en la Av. Guzmán 680, Central de Defunciones sita en la Av. Guzmán 680 y el Cementerio de Flores sito en la Av. Varela y Balbastro.

Artículo 2.- La transferencia parcial autorizada en el artículo precedente, se efectúa bajo los mismos términos que el contrato original celebrado con BRIEFING SECURITY S.A. -IMPES S.R.L. -Unión Transitoria de Empresa.

Artículo 3.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la Dirección General de Compras y Contrataciones por el término de un (1) día.

Artículo 4.- Autorízase al Director General de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, a suscribir los instrumentos contractuales que documenten la transferencia autorizada.

Artículo 5.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Justicia y Seguridad y de Hacienda, y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

 Artículo 6.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, en prosecución de su trámite, remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, dependencia que deberá proceder a efectuar las notificaciones correspondientes.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dec. 485-11 autoriza transferencia de objetivos a favor de empresas, licitación pública 298-11, aprobada por Dec. 216-11