RESOLUCIÓN 651 2011 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
FIJA ALCANCE RESOLUCIÓN N° 584-MJYSGC-11 - SUSPENSIÒN DE EFECTOS DE RESOLUCIONES 195-MJYSGC-10 Y 206-MJYSGC-10 ES CON ALCANCES ORDENADOS POR EL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES N° 3 SECRETARÍA N° 5 - EXPEDIENTE JUDICIAL N° 41550-0 - SALARIOS
Publicación:
21/09/2011
Sanción:
15/09/2011
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.894 de Seguridad Pública N° 2.947 del Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, las Resoluciones N° 495-MJYSGC/09, 195/MJYSGC/10, N° 206/MJYSGC/10 y N° 584/MJYSGC/11, el Oficio Judicial N° 1317531/PG/11, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 584/MJYSGC/11 se dispuesto la suspensión de los efectos de las Resoluciones N° 195/MJYSGC/10 y 206/MJYSGC/10 hasta tanto recaiga sentencia firme en el Expediente judicial N° 41550/0, en trámite ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires N° 3, Secretaría N° 5 (Expediente N° 41550/0), abonándose los salarios correspondientes desde el día 1° de marzo de 2010;
Que resultando necesario precisar los alcances de la Resolución N° 584/MJYSGC/11, se estima que corresponde dictar el acto administrativo que recepte tal criterio.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Déjase establecido que la suspensión de los efectos de las Resoluciones N° 195/MJYSGC/10 y 206/MJYSGC/10 dispuesta por el Artículo 1 de la Resolución N° 584/MJYSGC/11, lo es con los alcances ordenados por el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires N° 3, Secretaría N° 5, en el expediente judicial N° 41550/0, mediante Resolución de fecha 15 de Julio de 2011.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Contaduría, a la Dirección General Tesorería, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Superintendencia de Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial, a la Obra Social de la Policía Metropolitana y pase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana para su conocimiento, notificación del personal y demás efectos. Cumplido, archívese. Montenegro