DISPOSICIÓN 2092 2011 DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR

Síntesis:

SUSPENDE EFECTOS DE LA DISPOSICIÓN 525-DGDYPC-11- ADMINISTRADORES DE CONSORCIOS DEBERÁN CONTRATAR UNA PÓLIZA DE CAUCIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR

Publicación:

12/10/2011

Sanción:

11/07/2011

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR


VISTO:

La Ley N° 941 (B.O.C.B.A. N° 1601), Ley 3254 (B.O.C.B.A. N° 3315), el Decreto 706/03, Disposición 6013/DGDYP/09, Disposición 525/DGDYPC/11 y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley 941 y su modificatoria Ley 3254 crearon el Registro Público de Administradores Consorcio de Propiedad Horizontal;

Que el art. 1ª del Decreto 706/03, reglamentario de la Ley 941, faculta al Director General de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor a dictar normas instrumentales e interpretativas necesarias para la correcta instrumentación y Aplicación de las normas mencionadas;

Que el Juzgado Contencioso Administrativo y tributario N° 15, Secretaria N° 30 de la Ciudad de Buenos Aires, en ejercicio de sus facultades dicta Medida cautelar cuya parte resolutoria ordena suspender los efectos de la Disposición N°: 525/DGDYPC/2011;

Por ello, y en uso de las atribuciones legales conferidas por le Ley 941, la Ley 757, Decreto 706-GCBA/03 y el Decreto 17-GCBA/03,

EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA

Y PROTECCION DEL CONSUMIDOR

DISPONE

Artículo 1°.- suspéndase los efectos de la Disposición N°: 525/DGDYPC/2011.

Artículo 2°.-Regístrese. Comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires de la Resolución adoptada.

Articulo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, Archívese. Gallo

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Dispo 2092-DGDYPC-11 suspende los efectos de la Disposición 525-DGDYPC-2011.