RESOLUCIÓN 809 2011 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

 RÉGIMEN JURÍDICO DE REDETERMINACIONES DE PRECIOS - FUNCIONES DE CONTROL -  DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE GESTIÓN Y AUDITORIA INTERNA  - INCORPORA TEXTO AL ARTÍCULO 140 DEL ANEXO A DE LA RESOLUCIÓN  843-10 

Publicación:

21/10/2011

Sanción:

11/10/2011

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO:

La Ley N° 2.809, el Decreto N° 1.312/2008 y la Resolución CM N° 843/2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la ley N° 2.809 y su decreto reglamentario N° 1312/2008 se estableció el régimen de redeterminación de precios aplicable a los contratos administrativos del GCBA en materia de obra pública -sometidos a las previsiones de la Ley N° 13.064 y sus modificatorias- y a los demás contratos administrativos de locación de servicios y de servicios públicos que expresamente lo establezcan.

Que por intermedio del artículo 11 de la ley se previó, como mecanismo de control interno y previo, la intervención de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires.

Que, en parejo orden, con el objeto de asegurar, en el ámbito del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el adecuado cumplimiento de las funciones de control interno para la mejor implementación del citado régimen jurídico de redeterminaciones de precios, corresponde atribuir de manera expresa la función de control prevista en el artículo 11 de la ley a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoria Interna de este organismo en virtud de integrar el núcleo de sus competencias en razón de la materia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el Art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 31 y sus modificatorias,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Incorporase al Art. 140 del Anexo A de la Resolución 843/2010, lo siguiente: “140.14 Cumplir las funciones que el Art. 11 de la ley 2809 atribuye a la SGCBA, en el ámbito del Poder Judicial, excluido el Tribunal Superior de Justicia.”.

 Art. 2°: Regístrese, publíquese en el sitio de Internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.jusbaires.gov.ar), en el Boletín Oficial del a Ciudad de Buenos Aires, comuníquese, y oportunamente archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 809-CMBA-11 incorpora texto al Art. 140 del Anexo A de la Resolución 843-10</p>