DISPOSICIÓN 1409 2011 DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA

Síntesis:

AUTORIZACIÓN - PROYECTO DE AMPLIACIÓN - MUSEO ARGENTINO DE CIENCIAS NATURALES BERNARDINO RIVADAVIA - PARQUE CENTENARIO - EDIFICIO - PERMISO DE OBRA

Publicación:

24/10/2011

Sanción:

06/10/2011

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA


VISTO:

El Expediente N° 1.059.275/2010 e incorporados los Expedientes N° 31.464/2009 y N° 3.658/2008, Cuerpo I y II, por el que se solicita la ampliación del “Museo Argentino de Ciencias Naturales”, sito en la Av. Patricias Argentinas, Coronel J. Amadeo de Baldrich y las anuladas Avenidas Germán Burmeister y D’ Orbigny, Parque Centenario, y

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en un Distrito UP de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007. El citado edificio se implantará en un Sector del Parque Centenario, circunscripto por la Av. Patricias Argentinas, la calle Coronel Baldrich y las anuladas Avenidas Germán Burmeister y D’ Orbigny, que posee Normas Especiales (NE) de acuerdo con la Ordenanza N° 36.167 (BM 16.345);

Que asimismo el edificio resulta adyacente al edificio perteneciente al Museo de Ciencias Naturales “Bernardino Rivadavia”, sito en la Av. Ángel Gallardo N° 470 con “Protección Estructural”;

Que el Área Técnica competente, mediante Dictamen N° 4017-DGIUR-2011, informa que por Dictamen N° 1839-DGIUR-2008, obrante a fs. 36 y Providencia N° 1568-DGIUR-2008, obrante a fs. 37, ambas del Expediente N° 3658/2008, la Gerencia Operativa Supervisión Patrimonio Urbano visó la Prefactibilidad de volumetría de “Obra Nueva” del edificio exento a erigirse formando parte funcional del “Museo Argentino de Ciencias Naturales”;

Que por Dictamen N° 2307-DGIUR-2008, obrante a fs. 117 del Expediente N° 1.059.275/2010 la Gerencia Operativa Supervisión Patrimonio Urbano solicita la intervención de la Dirección Operativa Grandes Proyectos Urbanos, en relación con la ampliación del edificio correspondiente al “Museo de Ciencias Naturales”;

Que por Dictamen N° 2.502-DGIUR-2011 la Dirección Operativa Grandes Proyectos Urbanos realizó el estudio de la última documentación aportada e informó que:

a) “… al momento de solicitar el Permiso de Obra ante el Organismo de Competencia, se deberán verificar taxativamente los indicadores urbanísticos previstos en la Ordenanza N° 36.167 (B.M. 16.345)”.

b) “… podría tomarse como superficie de la Parcela en cuestión, la correspondiente a la Sección 45, con una superficie de 5.345,29m², debiendo considerarse aquellas construcciones existentes y la ubicación de las especies arbóreas”.

c) “…el edificio propuesto para la ampliación del “Museo Argentino de Ciencias Naturales” en el Parque Centenario se inserta armoniosamente dentro del Conjunto Edilicio y se integra con su entorno inmediato. No obstante se indica que la Planta Baja y el Primer Piso deberían ajustarse a lo previsto por las Normas Especiales, Ordenanza N° 36.167 (B.M. 16.345)”;

Que en tal sentido, el Área Técnica competente ratifica lo dispuesto por Dictamen N° 1839-DGIUR-2008 y acuerda con lo informado por la Dirección Operativa Grandes Proyectos Urbanos, según Dictamen N° 2502-DGIUR-2011. Por tal motivo, se considera factible desde el punto de vista patrimonial, la realización de las obras propuestas dado que las mismas guardan referencia con el edificio catalogado, al separarse y no superarlo en altura. Se reitera que se deberá cumplimentar lo dispuesto por Dictamen N° 2502-DGIUR-2011 a fin de obtener el permiso de obra correspondiente ante el Organismo de Competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1°.- Considérase factible desde el punto de vista urbanístico el proyecto de la ampliación del “Museo Argentino de Ciencias Naturales”, sito en la Av. Patricias Argentinas, Coronel J. Amadeo de Baldrich y las anuladas Avenidas Germán Burmeister y D’ Orbigny, “Parque Centenario”, con una superficie de 5.345,29m² (Cinco mil trescientos cuarenta y cinco metros cuadrados con veintinueve decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente.

Artículo 2°.- Hágase saber al recurrente que al momento de solicitar el Permiso de Obra ante el Organismo de Competencia, se deberán verificar taxativamente los indicadores urbanísticos previstos en la Ordenanza N° 36.167 (B.M. 16.345).

Artículo 3°.- Notifíquese al interesado que la Planta Baja y el Primer Piso deberían ajustarse a lo previsto por las Normas Especiales, Ordenanza N° 36.167 (B.M. 16.345).

Artículo 4°.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente.

Artículo 5°.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y los planos a fs. 73, 77, 81, 85, 89, 93, 97, 101, 105, 109, 113 al recurrente; para archivo en el Organismo se destinarán las fs. 74, 78, 82, 86, 90, 94, 98, 102, 106, 110, 114; para documentación en el Área Técnica competente se reservan las fs. 75, 79, 83, 87, 91, 95, 99, 103, 107, 111, 115. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, vuelva para su control. Ledesma

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Disp 1409-DGIUR-11 considera factible el proyecto de ampliación del Museo Argentino de Ciencias Naturales - Art 3 notifica que la PB y Primer Piso deberían ajustarse a lo previsto por las Normas Especiales, Ord 36167