LEY 3900 2011
Síntesis:
DECLARA EL SEGUNDO JUEVES DE OCTUBRE DE CADA AÑO DÍA DE LA VISIÓN OCULAR - ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES - PREVENCIÓN - INFORMACIÓN - DIAGNÓSTICOS GRATUITOS - MINISTERIO DE SALUD - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).
Publicación:
25/10/2011
Sanción:
15/09/2011
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
06/10/2011
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 29/02/2024
Artículo 1°.- Declárase el segundo jueves de octubre de cada año Día de la Visión de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2°.- El Ministerio de Salud o el órgano que eventualmente en el futuro pueda remplazarlo, organizará durante la semana correspondiente a esa fecha, acciones masivas de concientización respecto de los beneficios de la prevención, que incluyan no sólo actividades informativas sino también diagnósticos gratuitos a los efectos de detectar precozmente eventuales alteraciones oculares y de la visión.
Art. 3°.- Comuníquese, etc.
Buenos Aires, 14 de octubre de 2011
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2343/98, certifico que la Ley N° 3900 (Expediente N° 1657032/11), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 15 de septiembre de 2011 ha quedado automáticamente promulgada el día 6 de octubre de 2011.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Clusellas