RESOLUCIÓN 393 2011 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - APRA - MODIFICAN ANEXOS DE LA RESOLUCIÓN 66-APRA-11 - DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL Y DEL ÁREA DE PRESIDENCIA - ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS
Publicación:
08/11/2011
Sanción:
02/11/2011
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
VISTO:
La Ley N° 2.628, el Decreto N° 442/10 y la Resolución N° 66/APRA/11, el Expediente N° 1.850.339/11, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que la Agencia, tiene como objeto el de proteger la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 2.628, la Agencia de Protección Ambiental será administrada por un Presidente, designado por el Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en ese sentido mediante el Decreto N° 442/10 se designó al Lic. Javier Francisco Corcuera Quiroga como Presidente de la Agencia de Protección Ambiental;
Que conforme a lo establecido en el artículo 8° inciso b) de la Ley N° 2.628, es función de la Presidencia: organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de administración de los recursos humanos;
Que mediante la Resolución N° 66/APRA/11, se aprobó la Estructura Orgánica Funcional de esta Agencia de Protección Ambiental, fijando las responsabilidades primarias de las diferentes áreas;
Que la Dirección General de Control, tiene entre sus competencias la de ejercer el contralor y el poder de policía en cuestiones ambientales;
Que asimismo la Unidad de Coordinación de Determinaciones Ambientales y Laboratorio dependiente de la Dirección General de Control, tiene entre sus misiones y funciones la de efectuar determinaciones analíticas de la calidad ambiental y desarrollar el monitoreo de los recursos aire, agua y suelo que requiera la Agencia; realizar el monitoreo de inmisiones en relación a los efluentes gaseosos requeridos en virtud de la Ley N° 1.356 y la Ley N° 1.540 a solicitud de la Dirección General de Control y efectuar el monitoreo de efluentes líquidos en virtud de la Ordenanza N° 39.025 y la Ley N° 3.295;
Que es necesario efectuar modificaciones en la estructura orgánica funcional de la Dirección General de Control y del área de Presidencia, a los fines de optimizar, profundizar y mejorar el cumplimiento de sus misiones y funciones;
Que en dicha inteligencia, se estima conveniente transferir la Unidad de Coordinación de Determinaciones Ambientales y Laboratorio junto con sus departamentos, responsabilidades primarias, objetivos y acciones, personal y patrimonio, de la órbita de la Dirección General de Control, al área de Presidencia;
Que dicha medida esta en sintonía con la política que tiene esta Agencia de Protección Ambiental, de responder en forma rápida y eficiente a todas las cuestiones relacionadas con la temática ambiental;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar la nueva estructura organizativa de la Dirección General de Control y del área de Presidencia;
Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 2.628 y el Decreto N° 442/10,
Artículo 1°.- Modifíquese parcialmente el Anexo I y II, de la Resolución N° 66/APRA/11, en lo que respecta a la Dirección General de Control y del área de Presidencia, en el modo y las condiciones que se consignan en el Anexo I, Organigrama y II, Responsabilidades Primarias, que forman parte integrante de la presente Resolución, transfiriéndose el personal, patrimonio y presupuesto según las competencias que les correspondan.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y a las Direcciones Generales dependientes de la Agencia de Protección Ambiental y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Unidad de Coordinación de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3786