RESOLUCIÓN 175 2011 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Síntesis:

APRUEBA MONTOS -TRANSFERIDOS A FAVOR DE ENTIDADES QUE HAN FINALIZADO EL COMPONENTE TÉCNICO - SEGUNDO PAGO - ESCALA DE APORTES - NÚMERO DE EMPRENDEDORES ASISTENTES POR CADA SEDE DURANTE EL COMPONENTE TÉCNICO - OPERATORIA DESARROLLO EMPRENDEDOR 2011 - PROGRAMA DE FOMENTO AL ESPÍRITU Y LA CULTURA EMPRENDEDORA.

Publicación:

30/11/2011

Sanción:

24/11/2011

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO


VISTO:

Los Decretos nros. 923/GCABA/2005, 2075/GCABA/2007 y sus modificatorios, las resoluciones nros. 61/SSPRODU/06 y sus modificatorias, 45/SSDE/11, 61/SSDE/11, y los expedientes nros. 280.659, 471178; 476995; 477021; 471157; todos del año 2011; y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto N° 2.075/GCABA/2007, se estableció la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del Decreto N° 1063/GCABA/2009, se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Económico, determinando que la Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del citado Ministerio, tiene entre sus responsabilidades primarias diseñar los planes, programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores, instrumentar y coordinar las actividades tendientes a la consolidación y desarrollo del sistema productivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 923/GCABA/2005 se creó el Programa "Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", con el objetivo de contribuir a la mejora de la competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la Ciudad, a través del fortalecimiento de su interacción con las Organizaciones y Entidades No Gubernamentales, especializadas en la presentación de servicios de apoyo a las mismas;

Que, por el Decreto citado en el párrafo precedente, se estableció como Autoridad de Aplicación a la actual Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico; debiendo en consecuencia realizar llamados a concursos por temas específicos;

Que por Resolución 45/SSDE/11 se convocó al concurso "Desarrollo Emprendedor 2011, Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora", dirigido a personas que residan y/o trabajen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, existe un amplio conjunto de instituciones no gubernamentales con una importante trayectoria en la temática emprendedora, particularmente en materia de capacitación y asistencia técnica en gestión de nuevas empresas y/o planes de negocios;

Que, en virtud de ello, por medio de la citada Resolución N° 45/SSDE/11, se convocó a dichas instituciones con el objetivo de participar en acciones específicas de apoyo y tutoría para los participantes en la operatoria;

Que, en este orden de ideas por medio de la Resolución N° 61/SSDE/11, se aprobaron las propuestas de Entidades Patrocinadoras que se presentaron en el ámbito del concurso; resultando en consecuencia seleccionadas diecinueve (19) Entidades, conforme surge del proceso de selección determinado en la Resolución 45/SSDE/11, las cuales, se encuentran previamente inscriptas en el Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMES creado por la Resolución 61/SSPRODU/06 y sus modificatorias;

Que, las Entidades que resultaron seleccionadas tienen a su cargo la organización de las actividades previstas en el programa, desarrollando la tutoría presencial y virtual de manera tal de asistir a los emprendedores en el proceso de armado y/o consolidación de sus planes de negocios;

Que las mencionadas actividades, se desarrollan a lo largo de dieciséis (16) encuentros en distintas comisiones de acuerdo a los emprendedores inscriptos;

Que en el punto 4.2 de las Bases y Condiciones, establecidas por la Resolución N° 45/SSDE/11 se dispusieron, los beneficios que percibirían las entidades seleccionadas;

Que la citada resolución estableció la forma de implementación de los pagos, determinando que el primero será la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000), por la apertura de la primera comisión y adicionalmente por cada nueva comisión la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000);

Que la Resolución N° 110/SSDE/11, determinó el número de inscriptos al programa, ascendiendo el mismo a 2714, por lo cual al presente, es dable estipular las comisiones en que las entidades llevarán a cabo el mencionado cometido, de acuerdo a sus presentaciones en esta operatoria.

Que mediante la Resolución N° 111/SSDE/11, se aprobó los montos a ser transferidos a favor de las entidades mencionadas, correspondiente al primer pago;

Que, asimismo la Resolución N° 45/SSDE/11, también previó el denominado segundo pago, destinado a apoyar la realización de las actividades de tutoría y acompañamiento de los participantes, durante todas las actividades que implican el desarrollo del programa, consistente en un aporte no reembolsable (ANR), que variará según el número de emprendedores que efectivamente cumplan con al menos 10 encuentros del total de 16 que corresponde al Componente Técnico,

Que, a tal fin se determinó la escala de aportes de acuerdo al número de Emprendedores asistentes por cada sede en el mencionado componente, determinándose la escala de 10 a 20 emprendedores en pesos DIECIOCHO MIL ($ 18.000); de 21 a 30 en VEINTI TRES MIL ($ 23.000), y de 31 a 50 en VIENTISEISMIL ($ 26.000) y Más de 50 TREINTA MIL ($ 30.000);

Que constatados dichos extremos, corresponde proceder a aprobar los montos a ser transferidos a favor de las entidades que hayan finalizado la mencionada etapa;

Que en ese sentido, la Resolución N° 170/SSDE/2011, aprobó los pagos a las (13) trece primeras entidades que cumplimentaron con lo estipulado por la normativa mencionada,

Que, al presente han finalizado la mencionada etapa cuatro (4) entidades más de las (19) diecinueve participantes como patrocinadoras;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébanse los montos a ser transferidos a favor de las entidades que han finalizado el componente técnico, mencionadas en el Anexo I, que se considera parte integrante de la presente, correspondiente al segundo pago; fijada en función de la Resolución N° 45/SSDE/11 que determinó la escala de aportes de acuerdo al número de Emprendedores asistentes por cada sede durante el Componente Técnico, para la operatoria "Desarrollo Emprendedor 2011", Programa de Fomento al Espíritu y la Cultura Emprendedora.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de éste Ministerio. Notifíquese. Cumplido, prosígase el trámite por esta Subsecretaría. Svarzman


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3801

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art.1° Res 175-SSDE-11 aprueba montos transferidos a favor de entidades segundo pago Programa de Fomento al Espìritu y la Cultura Emprendedora en el marco de la Res.45-SSDE-11