En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, promúlgase la LeyN° 4.013 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires en su sesión del día 17 de noviembre de 2.011 (Expediente N°2.183.003/11). Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,gírese copia a laSecretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección Generalde Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y comuníquese a la Jefatura de Gabinete deMinistros, a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Procuración Generalde la Ciudad,y a los Entes Descentralizados que desarrollan su actividad en la órbita delPoder Ejecutivo. Cumplido, archívese.
El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe deGabinete de Ministros.