LEY 3938 2011

Síntesis:

INSTITUYE - DÍA 15 DE OCTUBRE COMO DÍA DE LAS COOPERADORAS ESCOLARES - DESARROLLO DE ACTIVIDADES ALUSIVAS - VALORES DE COOPERACIÓN EN  ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES - CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN - PARTICIPACIÓN CIUDADANA - FUNCIÓN SOCIAL DE LAS COOPERADORAS ESCOLARES - DEROGA ORDENANZA 39998 -  NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

13/12/2011

Sanción:

06/10/2011

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

07/11/2011


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Instituyese el día 15 de octubre de cada año como "Día de las Cooperadoras Escolares".

Art. 2°.- A tales efectos el Ministerio de Educación arbitrara los medios necesarios para el desarrollo de actividades alusivas a esta conmemoración, remarcando la importancia de los valores de cooperación en los establecimientos escolares.

Art. 3°.- Anualmente en el transcurso del mes de octubre de cada año el Ministerio de Educación en coordinación con las autoridades distritales de cooperadoras promueve la realización de campañas de difusión relativas a la importancia de la cooperación y la participación ciudadana en el ámbito educativo, destacando la función social de las cooperadoras escolares.

Art. 4°.- Derogase la ordenanza N° 39.998.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Schillagi

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2011

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2343/98, certifico que la Ley N° 3938 (Expediente N° 1880268/11), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 6 de octubre de 2011 ha quedado automáticamente promulgada el día 7 de noviembre de 2011.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 4 de la Ley 3938, deroga la Ordenanza 39998.</p>