En uso de las facultades conferidas por el Artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, promúlgase la LeyN° 3.969, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires con fecha 3 de noviembre de 2011. Dése al Registro; publíquese enel Boletín Oficial de la Ciudadde Buenos Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentariadel citado Cuerpo por intermedio de la Dirección Generalde Asuntos Legislativos y Organismos de Control; comuníquese a la Jefatura de Gabinete deMinistros.
El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe deGabinete de Ministros. MACRI - Rodríguez Larreta