RESOLUCIÓN 737 2011 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

Síntesis:

APROBACIÓN - TEMPORADA ARTÍSTICA 2.012 - PRECIOS DE ABONOS - VALOR DE LAS ENTRADAS - PROGRAMA  DE FUNCIONES - PROGRAMACIÓN - BALLET - ÓPERA - CONCIERTOS - ACTIVIDADES - TEATRO COLÓN - ESPECTÁCULOS - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

15/12/2011

Sanción:

23/11/2011

Organismo:

ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN


VISTO:

Las disposiciones de la Ley N° 2.855, del Decreto N° 1.342/08, del Decreto N° 186/09, del Decreto N° 1.020/09, y las actuaciones del Expediente N° 2.217.566/2011, y

CONSIDERANDO:

Que por estas actuaciones tramita la aprobación de la Temporada Artística 2012 del Ente Autárquico Teatro Colón;

Que la programación artística 2012 comprende la realización de diferentes actividades de ópera, ballet, conciertos y otras actividades de carácter cultural;

Que, conforme con lo dispuesto por la Ley N° 2.855, se creó el Ente Autárquico Teatro Colón, en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la organización y competencia establecidas en dicha ley;

Que por el Decreto N° 1.342/08 se aprobó la reglamentación de la Ley de Autarquía del Teatro Colón;

Que conforme el artículo 2° de la Ley N° 2.855 es misión del Ente Autárquico Teatro Colón "crear, formar, representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que entre las diferentes funciones que el artículo 3° de la Ley N° 2.855 le atribuye al Ente Autárquico Teatro Colón se encuentra la de "…facilitar al conjunto de los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artístico-culturales que desarrolla" (inciso b) y la de "entender en la planificación, programación y ejecución de actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara - y experimental" (inciso c);

Que corresponde al Director General del Ente Autárquico Teatro Colón establecer la programación, elaborada conjuntamente con las direcciones artísticas (conf. artículo 14, inciso b, de la Ley N° 2.855);

Que el artículo 14, inciso l, de la citada Ley establece como función del Director General del Ente Autárquico Teatro Colón "Planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de los objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón y las actividades de los recursos humanos, físicos, económicos, financieros y patrimoniales";

Que entre los recursos propios del Ente Autárquico Teatro Colón, se encuentran los fondos provenientes de las recaudaciones de boletería que obtenga por sus actividades y prestaciones a terceros (conf. artículo 28, inciso c, de la Ley N° 2.855);

Que el artículo 368 del Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (T.O. 2008), referido al precio de espectáculos, faculta al Poder Ejecutivo para establecer los precios de entrada a los espectáculos que organice y de los servicios complementarios que se presten en las salas o locales donde aquellos se realicen, como así también el precio de las entradas a los polideportivos o similares;

Que el artículo 1° del Decreto N° 1.020/09, modificatorio del Decreto N° 186/09, establece: "Facúltase al Director General del Ente Autárquico Teatro Colón a fijar los precios de las entradas individuales de cada función y de los cursos y talleres para las actividades que organice el Ente, hasta un monto máximo de PESOS DOS MIL ($ 2.000)";

Que en estas condiciones resulta conveniente aprobar de la Temporada Artística 2012 como así también los precios de los abonos correspondientes a la temporada;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.855 y su reglamentación,

EL DIRECTOR GENERAL Y ARTÍSTITO

DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébese la Temporada Artística 2012 conforme el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2.- Apruébese los precios de los abonos de las funciones de la Temporada Artística 2012 conforme el Anexo II, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese. Garcia Caffi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3812

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Art 2 de la Res 737-EATC-11 aprueba los precios de los abonos de las funciones de la Temporada Artística 2012