DECRETO 665 2011

Síntesis:

RATIFICACÓN DE PERMISOS -  RATIFICA EL CONVENIO DE PERMISO DE USO PRECARIO Y ONEROSO SUSCRIPTO CON LA FIRMA BRUC & BRUC SA -   ESPACIO DE DOMINIO PÚBLICO UBICADO EN LA AVENIDA RAFAEL OBLIGADO 6211 - TEQUILA 

Publicación:

20/12/2011

Sanción:

10/12/2011

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 3.399, las Resoluciones Nros. 965/SHyF/05, 2.942/MHGC/07, la Disposición N° 307/DGCyP/06, el Expediente N° 391.264/10, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 965/SHyF/05 se otorgó a la empresa Bruc & Bruc S. A., de denominación comercial "Tequila", un Permiso de Uso Precario y Oneroso respecto del espacio de dominio público ubicado en la Avenida Rafael Obligado N° 6.211 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un plazo máximo de 5 años, operando su vencimiento el 13 de abril de 2010;

Que la Resolución N° 2.942/MHGC/07 hizo lugar al recurso jerárquico impetrado por la firma Bruc & Bruc S.A. contra la Disposición N° 307/DGCyP/06 y amplió el destino del mentado Permiso de Uso Precario y Oneroso a Salón de Baile Clase C;

Que el espacio del dominio público en cuestión se encuentra afectado a las obras de ensanchamiento del Aeroparque Jorge Newbery y a las obras de desagote del arroyo Maldonado, motivo por el cual la Dirección General de Concesiones suspendió la Licitación Pública de la Concesión de Uso del predio de marras, que tramitara por Expediente N° 154.942/10;

Que Autopistas Urbanas S. A informó que la habilitación de la Obra "Fast Track", que afecta el predio objeto de la Licitación Pública, se encuentra supeditada a la finalización de las obras de la Autopista Illia Tramo Avenida Sarmiento - Avenida Cantilo;

Que es de público conocimiento que actualmente las obras mencionadas precedentemente se encuentran suspendidas;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se halla avocado a la recuperación y valorización de los espacios públicos, para permitir su utilización, uso y goce por parte de todos sus habitantes;

Que la Dirección General de Concesiones, atento a las competencias que le son propias, entiende que resulta conveniente al interés público mantener en forma interrumpida el servicio que allí se brinda;

Que la continuación de la explotación del predio por parte de su actual ocupante, coadyuva al mantenimiento de los puestos de trabajo existentes y que, con la consecuente prestación del servicio, se evita el deterioro del predio por la eventual falta de ocupación;

Que por tratarse del predio en cuestión de un bien de dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el temperamento propiciado encuentra fundamento en la preservación, mantenimiento y custodia del patrimonio de la Ciudad, constituyendo el otorgamiento del permiso de uso precario una mera tolerancia de la Administración que no otorga derechos y es, por lo tanto, revocable sin derecho a indemnización alguna;

Que en atención a la situación ocupacional del predio, con el consecuente mantenimiento de la fuente laboral de sus dependientes y la plena ejecución de las obras de ensanchamiento del Aeroparque Jorge Newbery, la nueva traza de la Avenida Rafael Obligado y el desagüe del Arroyo Maldonado, que provoca la suspensión temporaria de los procedimientos de Subasta o Licitación Pública, la Dirección General de Concesiones suscribió un nuevo Convenio de Permiso de Uso Precario y Oneroso con la firma Bruc & Bruc S.A.;

Que la vigencia del presente instrumento comienza a partir del 14 de abril de 2010, operando su vencimiento con fecha 31 de diciembre de 2013, salvo que con anterioridad se hubiere concretado el pertinente llamado a Subasta Pública para la adjudicación de dicho sector, o que la Administración lo revoque por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, sin que ello genere a favor de Bruc & Bruc S.A. derecho a indemnización o reclamo alguno;

Que por su parte la suscripción del convenio de marras, implica regularizar la ocupación de un espacio de dominio público estableciendo, para el permisionario, distintas obligaciones que mejorarán las condiciones del predio, como su seguridad y la de las zonas aledañas, actualizándose asimismo, el monto en concepto de canon locativo;

Que respecto del otorgamiento de permisos de uso de los bienes de dominio público, se ha considerado que "...lo atinente al otorgamiento de "permisos" de uso sobre dependencias dominicales, no pertenece a la a la actividad reglada de la Administración. Al contrario, por principio general, pertenece al ámbito de la actividad discrecional de ella... El otorgamiento de dichos permisos depende de la discrecionalidad administrativa..." (conf. Marienhoff, Miguel S. "Tratado de Dominio Público", Editorial TEA, año 1960, pags.331 y ss);

Que el Convenio fué suscripto el 16 de marzo de 2011 ad referéndum del Decreto de aprobación del señor Jefe de Gobierno, por lo que resulta necesario ratificarlo;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 1.218.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 104, Incisos 23 y 24 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1.- Ratifícase el Convenio de Permiso de Uso Precario y Oneroso suscripto el 16 de marzo de 2011, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires representado por el entonces Director General de la Dirección General de Concesiones doctor Ezequiel Sabor, y la firma Bruc & Bruc S.A., representada por el señor Osvaldo Horacio Brucco en su carácter de Presidente, el que en copia fiel forma parte integrante del presente como Anexo I.

Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Escribanía General y, a efectos de su notificación fehaciente al interesado, gírese a la Dirección General de Concesiones. Cumplido, archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3815

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Dec. 665-11 refiere como antecedente la Res. 965-SHYF-05 que aprobó el anterior convenio