LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2011

Síntesis:

DECLARA SITIO HISTÓRICO - ESQUINA ENTRADA ORIGINAL - PALACIO MUNICIPAL SEDE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - AVENIDA DE MAYO Y BOLÍVAR - REGISTRADO YACIMIENTO ARQUEOLÓGICO POR  EL MINISTERIO DE CULTURA  DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 

Publicación:

29/12/2011

Sanción:

01/12/2011

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Declarase "Sitio Histórico", en los términos del Art. 4° Inc. a) de la Ley N° 1227, al sitio "Esquina Entrada Original" del Palacio Municipal sede del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en Avenida de Mayo y Bolívar, registrado como "Yacimiento Arqueológico" ante el Ministerio de Cultura del GCABA, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nacional 25.743.

Art. 2°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los arts 89, inc 3, y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Moscariello - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Art 6ª inciso b)
APROBADA POR