ACORDADA 33 2011 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Síntesis:
APRUEBA INCREMENTO SALARIAL - 5% A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE DE 2011 - 5% APARTIR DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2011 - REMUNERACIONES - SUELDO - DEDICACION FUNCIONAL - COMPENSACION JERÁRQUICA - PERSONAL -EXCEPTÚA JUECES Y JUEZAS - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Publicación:
03/01/2012
Sanción:
22/12/2011
Organismo:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACORDADA N° 33/2011
En
CONSIDERAN:
El Tribunal sostiene comopolítica institucional la preservación del nivel de las remuneraciones en términosreales.
En esa misma línea hadispuesto establecer un incremento salarial a sus agentes del 5% (cinco porciento) a partir del 1° de octubre y del 5% (cinco por ciento) a partir del 1° denoviembre de 2011, aplicable sobre todos los conceptos que integran los haberes(conf. Acordadan° 9/2000, Anexo I).
Para afrontar este aumentose verificó previamente la existencia de crédito presupuestario en el inciso1 y en sus partidas correspondientes para atender el gasto que demande laaplicación de la presente.
El Juez José Osvaldo Casásdijo:
En mi caso, habré de votaren disidencia por entender que, si bien el Tribunal en ejercicio de susfacultades legales y constitucionales puede establecer la retribución de susagentes, y que cuenta con los recursos suficientes para efectuar la afectación presupuestariarespectiva, el incremento salarial resulta desproporcionado, sobre la base delos anteriores incrementos ya otorgados, no sólo computando este año, sino enel bieño 2010/2011.
Adviértase que el aumento acumulativo por el añocalendario 2010 es del 40,07% (cuarenta con siete centésimos por ciento); y queen lo relativo al bieño 2010/2011, se arriba a un incremento salarial del91,44% (noventa y uno con cuarenta y cuatro centésimas por ciento), lo quedescarta que se trate de una recomposición por retrasos salariales anteriores.
Todo ello, de acuerdo alsiguiente cuadro que lo grafica:
Propicio, por tanto, quesiguiendo las pautas de
De acuerdo a lo establecidopor la ley n° 2080, el aumento referido no incluye las retribuciones de lasjuezas y los jueces del Tribunal.
Por mayoría, y en ejerciciode las facultades atribuidas por el artículo 114 de la
Constitución de
ACUERDAN:
1. Aprobar un incremento del5% (cinco por ciento) a partir del 1° de octubre de 2011; y del 5% (cinco porciento) a partir del 1° de noviembre de 2011, en las remuneraciones (sueldo,dedicación funcional y compensación jerárquica), para todo el personal del Tribunal,con exclusión de sus jueces y juezas.
2. Mandar se registre, seinstruya a