RESOLUCIÓN 24 2012 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGANIZATIVA  - ESTRUCTURA ORGÁNICA - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - SUPRESIÓN DE ORGANISMOS - DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE PRENSA - DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA ADMINISTRATIVA - DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA TÉCNICA - DIRECCIÓN GENERAL LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - PRESIDENCIA - TRANSFERENCIA - DIRECCIÓN - DIRECCIÓN OPERATIVA - CREACIÓN - DEFENSORÍAS ZONALES - DENOMINACIÓN - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - SUBDIRECCIÓN - DEPENDENCIAS FUNCIONALES

Publicación:

20/01/2012

Sanción:

13/01/2012

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO:

La Ley 114, sus modificatorias y la Resolución N° 422-CDNNYA-2006 y sus modificatorias y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 114 creó al Consejo de los Derechos como un organismo que promueva y articule las políticas necesarias para garantizar la protección integral de niñas, niños y adolescentes;

Que, la Resolución N° 422-CDNNyA-2006 aprobó el marco orgánico institucional así como las dependencias funcionales del Consejo;

Que, la estructura organizacional es una herramienta funcional para la implementación de las políticas a cargo del Organismo;

Que en tal sentido, debe tener la flexibilidad necesaria para modificarse en pos de los objetivos que pretende conseguir, evaluando la experiencia de la gestión;

Que, en consecuencia resulta conveniente establecer un nuevo diseño de los niveles, atendiendo a la optimización de las funciones y al alcance de sus objetivos y responsabilidades;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 114 y el Decreto N° 701/2011

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS

DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°: Modificase estructura organizativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, aprobada por Resolución N° 422-CDNNyA-2006, sus modificatorias y complementarias, de conformidad con lo establecido en la presente Resolución y en el Anexo I Organigrama que la integra en un todo.

Artículo 2°: Suprímanse a partir del 1 de enero de 2012, la Dirección General Adjunta de Prensa, la Dirección General Adjunta Administrativa y la Dirección General Adjunta Técnica, de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la Presidencia del Consejo.

Artículo 3°: Transfiéranse la Dirección de Comunicación y el Departamento Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos a la dependencia directa de la Presidencia del Consejo, conservando sus responsabilidades primarias, personal y patrimonio.

Artículo 4°: Créase con dependencia directa de la Vicepresidencia del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Dirección Operativa Programas Centralizados y Articulación Interinstitucional, estableciéndose sus responsabilidades primarias en el Anexo II que integra la presente.

Artículo 5°: Transfiéranse la Dirección Relaciones y Procedimientos Interinstitucionales, el Departamento de Acciones Centralizadas y la Unidad de Seguimiento Centralizado Comunidades Terapéuticas a la dependencia directa de Dirección Operativa Programas Centralizados y Articulación Interinstitucional, conservando sus responsabilidades primarias, personal y patrimonio.

Artículo 6°: Transfiérase la Dirección Registro de Organizaciones No Gubernamentales bajo la dependencia directa de la Vicepresidencia del Consejo, conservando sus responsabilidades primarias, personal, presupuesto y patrimonio.

Artículo 7°: Créase la Dirección Operativa Jurídica Administrativa y la Dirección Operativa de Planificación y Monitoreo, bajo dependencia directa de la Dirección General de Programas Descentralizados de la Vicepresidencia del Consejo, estableciéndose sus responsabilidades primarias en el Anexo III, que todos sus efectos integra la presente.

Artículo 8°: Suprímanse las Direcciones Operativas Región Sureste, Región Suroeste, Región Centro y Región Norte y, el Departamento de Despacho y Medidas Administrativas, dependientes de la Dirección General de Programas Descentralizados de la Vicepresidencia del Consejo.

Artículo 9°: Transfiéranse las Defensorías Zonales bajo la órbita directa de la Dirección General Programas Descentralizados de la Vicepresidencia del Consejo.

Artículo 10°: Modificase la denominación funcional de la Dirección Servicios de Protección Especial por la de Dirección Operativa Programas Especiales de Protección bajo la dependencia directa de la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas de la Presidencia del Consejo, estableciéndose sus responsabilidades primarias en el Anexo IV que integra la presente.

Artículo 11°: Transfiéranse el Departamento Centro de Atención Transitoria y el Departamento de Restitución Internacional y Asistencia Letrada de la Dirección Legal, Técnica y Administrativa y la Unidad Técnica Medidas de Protección Contra la Violencia a la Dirección Operativa Programas Especiales de Protección conservando sus responsabilidades primarias, personal y patrimonio.

Artículo 12°: Créase la Dirección de Atención Comunitaria con dependencia directa de la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas de la Presidencia del Consejo, estableciéndose sus responsabilidades primarias en el Anexo V que en un todo integra la presente.

Artículo 13°.- Transfiéranse el Departamento Programas Contra Toda Forma de Explotación y el Departamento Línea 102 a la órbita de la Dirección de Atención Comunitaria, conservando su responsabilidades primarias, personal y patrimonio.

Artículo 14°: Modificase la denominación funcional de Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa Presidencia del Consejo por la de Dirección Operativa Jurídica, conservando sus responsabilidades primarias, personal y patrimonio.

Artículo 15°: Modificase la denominación funcional de la Dirección Relaciones Jurídicas e Intersectoriales de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la Presidencia del Consejo por la de Dirección Operativa Relaciones Jurídicas e Intersectoriales, estableciéndose sus responsabilidades primarias en el Anexo VI que integra la presente.

Artículo 16°: Transfiérase el Departamento de Intervenciones Especiales a la órbita de la Dirección Operativa Relaciones Jurídicas e Intersectoriales de la Dirección General Legal Técnica y Administrativa de la Presidencia del Consejo, conservando sus responsabilidades primarias, su personal y patrimonio.

Artículo 17°: Modificase la denominación funcional de la Dirección Administrativa de la Dirección General Legal, Técnica Administrativa por la de Dirección Operativa de Gestión Administrativa, estableciéndose sus responsabilidades primarias en el Anexo VII que integra la presente, conservando bajo su dependencia directa el Departamento Informática, con sus responsabilidades primarias, personal y patrimonio.

Artículo 18°: Modificase la denominación funcional del Departamento Compras y Mantenimiento de la Dirección Administrativa de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la Presidencia del Consejo por la de Subdireccción Operativa de Bienes y Servicios de la Dirección Operativa de Gestión Administrativa, estableciéndose sus responsabilidades primarias en el Anexo VII que integra la presente.

Artículo 19°: Modificase la denominación funcional del Departamento Presupuesto de la Dirección Administrativa de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa por la de Subdireccción de Gestión Financiero Contable de la Dirección Operativa de Gestión Administrativa, estableciéndose sus responsabilidades primarias en el Anexo VII que integra la presentes, conservando bajo su órbita los Departamentos de Tesorería y Contaduría con su personal, responsabilidades primarias y patrimonio.

Artículo 21°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos. Aires, comuníquese a las Direcciones Generales del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Cumplido, archívese. Bendel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3837

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res 24-CDNNYA-12 Modifica estructura organizativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, aprobada por Res 422-CDNNyA-2006, sus modificatorias y complementarias