RESOLUCIÓN 1 2012 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

 SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE - ÁREAS - UTILIZACIÓN DEL MÓDULO LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS - LOYS - ORGANISMOS - IMPLEMENTACIÓN

Publicación:

24/01/2012

Sanción:

10/01/2012

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

Las Leyes N° 3.304, los Decretos N° 589/09, N° 915/09 y N° 196/11, las Resoluciones Conjuntas N° 2495-MHGC-MJGGC/09 y N° 3/MJGGC-SECLyT/11 y,

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación", en el punto 6.3 "Digitalización de procesos administrativos", se dispuso entre las actividades a implementar "….desarrollar la arquitectura tecnológica para la implementación del expediente electrónico";

Que el artículo 3° de la Ley establece que "La Jefatura de Gabinete de Ministros es la autoridad de aplicación del presente plan";

Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del "Expediente Electrónico", en los términos de la Ley de Modernización;

Que dicho decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros, como autoridad de aplicación de la Ley de Modernización y a la Secretaría Legal y Técnica, como administradora del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias que resulten necesarias a los fines de la aplicación del presente;

Que asimismo, expresó, en el artículo 3°, que las normas que se dicten en consecuencia deberán prever los trámites que utilizarán el expediente electrónico como herramienta de gestión administrativa, como así también los documentos electrónicos que deban vincularse al mismo, en qué etapa del proceso y qué autoridades administrativas deberán suscribirlos;

Que en ese marco, y con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la transparencia a fin de poder potenciar su labor, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ha buscado estandarizar procesos, procedimientos y tareas inherentes a diferentes trámites administrativos;

Que por Decreto N° 915/09 se facultó a los funcionarios del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a contratar personas físicas bajo el Régimen de Locación de Servicios y por Resolución Conjunta N° 2495-MHGC-MJGGC/09 se aprobó el procedimiento para dicha contratación;

Que en relación a la Locación de Obras y Servicios, por Resolución Conjunta N° 3-MJGGC-SECLyT/11 se estableció que dicho trámite deberá realizarse mediante la utilización del Módulo LOyS del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-;

Que asimismo, en su artículo 4° se estableció que la Secretaría Legal y Técnica será la encargada de determinar los organismos que implementarán el Expediente Electrónico;

Que en esta instancia, es preciso habilitar a ciertas áreas del Ministerio de Desarrollo Social a utilizar el Módulo "LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS -LOyS-"del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese que deberán utilizar el Módulo "LOCACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS -LOyS-" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- las siguientes áreas del Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

- Unidad Ministro

- Subsecretaría de Administración

- Subsecretaría de Tercera Edad

- Subsecretaría de Fortalecimiento de la Sociedad Civil

- Subsecretaría de Promoción Social

- Unidad Administrativa Interna

- Dirección General Técnica Administrativa y Legal

Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las respectivas jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res 1-SECLYT-12 establece áreas que deberán utilizar el Módulo LOYS, según lo previsto por Res 3-MJG-SECLYT-11