DECRETO 113 2012
Síntesis:
DESIGNACION DE FUNCIONARIOS - DESIGNA A CONRADO BONADEO COMO DIRECTOR GENERAL DE INCLUSIÓN SOCIAL - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INCLUSIVO - SECRETARÍA DE HÁBITAT E INCLUSIÓN - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
Publicación:
15/02/2012
Sanción:
07/02/2012
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Buenos Aires, 7 de febrero de 2012
VISTO:
La Ley N° 4.013, el Decreto N° 660/11, el Expediente N° 152.242/12, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 4.013, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la Ley N° 4.013 creó el Ministerio de Desarrollo Económico;
Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las que se encuentra la correspondiente al Ministerio de Desarrollo Económico;
Que, en virtud de que el cargo de Director General, de la Dirección General de Inclusión Social dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Inclusivo de la Secretaría de Hábitat e Inclusión, se encuentra vacante, el Ministerio de Desarrollo Económico, propone cubrirlo;
Que, a tal efecto, se propicia la designación a partir del 1° de febrero de 2.012, del Lic. Conrado Bonadeo, D.N.I. N° 21.832.953, CUIL. N° 20-21832953-6, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual fue propuesto;
Que conforme lo expresado precedentemente procede dictar la norma legal pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 1° de febrero de 2012, al Lic. Conrado Bonadeo, D.N.I. N° 21.832.953, CUIL N° 20-21832953-6, como Director General de la Dirección General de Inclusión Social dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Inclusivo de la Secretaría de Hábitat e Inclusión del Ministerio de Desarrollo Económico.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependientes del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Vidal a/c - Cabrera - Rodríguez Larreta