RESOLUCIÓN 1 2012 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
INFORME FINAL BDE GESTIÓN S- APRUEBA EL INFORME PRESENTADO POR JOSÉ LUIS ACEVEDO EN REFERENCIA AL CARGO QUE DESEMPEÑÓ COMO SUBSECRETARIO DE LA SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIA - CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 25 DE LA LEY 70
Publicación:
15/02/2012
Sanción:
03/01/2012
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
VISTO:
La Ley N° 70, el Decreto N° 1000/99, la Disposición N° 24-DGOGPP-2011, reglamentaria de los Arts. 23, 24 y 25 y el Expediente N° 2.339.094/11, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la citada actuación se solicita se tenga por cumplida la presentación del Informe Final de Gestión correspondiente al Lie. José Luis Acevedo DNI. N° 17.453.673, CUIL. N° 20-17453673-3, F.C.N° 329.480, quien ocupara el cargo de Subsecretario de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario de este Ministerio de Desarrollo Social;
Que, mediante Decreto N° 687-GCBA-2011, se acepta a partir del 10 de diciembre de 2011, su renuncia la precitado cargo;
Que, el citado Art. 25 de la Ley N° 70, dispone que los responsables de programas, proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, correspondiendo además, prestar colaboración a quien legítimamente resulte sucesor en el cargo, resultando dicha tarea de carácter remunerada;
Que, por otra parte, el Art. 14 del Decreto N° 1000/99, establece que la Oficina de Gestión Publica y Presupuesto debe determinar las características y el alcance del citado informe final de gestión;
Que, por lo expuesto anteriormente, resulta procedente tener por cumplida la actividad desplegada por el funcionario dimitente en el marco del Art. 25 de la Ley N° 70.
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1o- Dése por cumplido, en el marco del Art. 25 de la Ley N° 70, la actividad desarrollada por el Lie. José Luis Acevedo DNI. N° 17.453.673, CUIL. N° 20-17453673-3, F.C.N° 329.480, al cargo de Subsecretario de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario de este Ministerio de Desarrollo Social, el cual fuera designado por Decreto N° 728-GCBA-2008, por lo que deberá percibir la retribución correspondiente al cargo que ocupaba.
Artículo 2°- Regístrese, protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Publica y Presupuesto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Stanley