RESOLUCIÓN 117 2012 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - AGIP - SUPRIME LA DIRECCIÓN COBRANZAS ADMINISTRATIVAS - CREA LA DIRECCIÓN GESTIÓN JUDICIAL - MODIFICA FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN COBRANZAS JUDICIALES - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COBRANZAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - CESES - RENUNCIAS - SERGIO DANIEL HEMSANI - ANÍBAL JESÚS CALVO - ALFREDO FABIÁN DA CRUZ - DESIGNACIONES - EDUARDO FÉLIX RYSZNIVKIER - COMO DIRECTOR DE GESTIÓN JUDICIAL - ANALÍA G. GOMEZ - COMO JEFE DEPARTAMENTO GESTIÓN - FERNANDO MATILLA - COMO JEFE DEPARTAMENTO ADJUDICACIONES - EVA MARÍA CARRANZA - COMO JEFE DEPARTAMENTO MANDATARIOS - VICTORIA SOFÍA GUISASOLA - COMO JEFE DEPARTAMENTO SUPERVISIONES
Publicación:
02/03/2012
Sanción:
23/02/2012
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO:
La Ley N° 2.603 (B.O.C.B.A. N° 2.846) y su Decreto reglamentario N° 745/GCABA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2961), la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus modificatorias, y el Expte. N° 309911/2012;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a establecer la estructura de la referida Administración;
Que el Decreto N° 745/GCABA/2008, reglamentario de la precitada Ley, faculta al señor Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a realizar ceses y designaciones en los cargos estructurales que conforman dicha Administración;
Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus modificatorias se aprobó la Estructura Orgánico Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que razones de índole operativo y funcional hacen necesario, en el marco de las actuales políticas de recaudación y fiscalización, readecuar la estructura orgánico funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que a tal efecto procede el reordenamiento estructural mediante la supresión de niveles existentes y la creación de nuevos niveles de conducción en la Subdirección General de Cobranzas, dependiente de la Dirección General de Rentas;
Que, a su vez, es menester designar provisoriamente por un plazo de ciento veinte (120) días, a los funcionarios que, por su idoneidad y experiencia, serán responsables de desempeñar los cargos de la estructura funcional de la Administración, como asimismo efectuar los ceses correspondientes;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Suprímese la Dirección Cobranzas Administrativas y su desarrollo estructural, dependiente de la Subdirección General de Cobranzas de la Dirección General de Rentas.
Artículo 2°.- Créase en la órbita de la Subdirección General de Cobranzas, dependiente de la Dirección General de Rentas, la Dirección Gestión Judicial, conjuntamente con su desarrollo estructural, de acuerdo se detalla en el Anexo I a, que a todos sus efectos forma parte de la presente, sustituyéndose por lo tanto el Organigrama aprobado oportunamente para dicha Subdirección General.
Artículo 3°.- Modifícase en la órbita de la Subdirección General de Cobranzas, dependiente de la Dirección General de Rentas, la estructura funcional, misiones y funciones de la Dirección Cobranzas Judiciales, de acuerdo se detalla en el Anexo I b, que a todos sus efectos forma parte de la presente.
Artículo 4°.- Apruébanse las responsabilidades primarias y funciones de las distintas dependencias creadas por los artículos 2° y 3° las que se detallan en el Anexo II, el cual forma parte integrante de la presente. y se incorporan a las aprobadas oportunamente para la Subdirección General de Cobranzas.
Artículo 5°.- Desígnase, provisoriamente por un plazo de (120) ciento veinte días, al personal que en el modo y forma se detalla en el Anexo III, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 6°.- Cesase al personal que en el modo y forma se detalla en el Anexo III, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 7°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3864