RESOLUCIÓN 180 2012 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
SE FIJA PRECIO DE VENTA DE CATÁLOGOS DEL MUSEO DEL CINE
Publicación:
19/03/2012
Sanción:
23/01/2012
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
Estado:
No vigente
RESOLUCIÓN N° 180/MCGC/12
Buenos Aires. 23 de enero de 2012
VISTO:
el Expediente N° 131.682/2011, la Disposición 80-DGCG-2009 y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 2506 (BO N° 2824), y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados la Dirección General de Museos solicita la valorización de productos de Catálogos para proceder a su venta minorista;
Que, por la Disposición 80-DGCG-2009, se aprueba el circuito Administrativo, Contable y de Recaudación para centralizar en la Tienda Cultural perteneciente al Ministerio de Cultura, todo el stock en existencia y de producción propia referente a artículos de merchandising, libros y obras de arte de todas las áreas, dependencias y reparticiones del mencionado Ministerio;
Que, la Dirección General de Museos, solicita se exceptúe de la Disposición 80-DGCG-09, estos catálogos, debido a la necesidad de contar con toda la impresión de los mismos para ser enviados a los distintos Museos que le dependen;
Que, dicho material resulta un instrumento idóneo y atractivo para las acciones que está realizando este Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, en virtud del interés demostrado por numerosos particulares en la compra de dichos productos, la citada Dirección General requiere se fije el precio de venta minorista;
Por ello, y teniendo en cuenta la Disposición 80-DGCG-2009 y las facultades conferidas por las Ordenanzas N° 25702 (BM N° 14067) y 25752 (BM 14081) y de acuerdo a lo normado por la Ley N° 2095-06 (BO 2824)
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1°.- Fíjense en PESOS VEINTICINCO ($ 25) el precio de venta minorista de los Catálogos del Museo del Cine.
Artículo 2°.- Establécese la cantidad de UN MIL NOVECIENTOS (1900) la cantidad para la venta y en CIEN (100) la cantidad para regalo de cortesía.
Artículo 3°.- Regístrese, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Museos, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecho remítase al Área de Fiscalización, de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi