DECRETO 13 2002
Síntesis:
AUTORIZA PRORROGA DE LA ADSCRIPCIÓN DEL AGENTE ROBERTO ARELLANO DNI 10.373.231.
Publicación:
10/04/2002
Sanción:
07/02/2002
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 16.126/SA/01, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado expediente tramita la solicitud de prórroga de adscripción del agente Roberto Arellano (DNI 10.373.231- Legajo 15.110) para continuar prestando servicios en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación;
Que por Decreto N° 151/VP/01, se autorizó el traslado del citado agente a esa Honorable Cámara a partir de la fecha de notificación de dicho acto administrativo, y por el término de ciento veinte (120) días;
Que dicha solicitud está encuadrada dentro de los términos de los artículos 3° y 6° del Decreto N° 289/VP/98;
Que por lo expuesto corresponde acceder a dicha prórroga;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y 88 del Reglamento Interno de este Cuerpo,
Artículo 1° Autorízase la prórroga de la adscripción del agente Roberto Arellano (DNI 10.373.231 - Legajo 15.110) a partir del 30 de diciembre de 2001 y por el término de ciento veinte (120) días.
Artículo 2° El agente Roberto Arellano deberá presentar ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una certificación de servicios mensual a efectos de justificar su asistencia al Organismo solicitante para proceder a la percepción de sus haberes.
Artículo 3° Déjase establecido que el día 30 de abril 2002, fecha de vencimiento del plazo señalado en el artículo 1°, el agente de referencia deberá reintegrarse en forma automática a este Organismo.
Artículo 4° Notifíquese a través de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos al agente mencionado en el artículo 1° lo dispuesto en el presente acto.
Artículo 5° Líbrese comunicación del presente, a través de la Dirección General Despacho Administrativo a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Artículo 6° Publíquese en Boletín Oficial.
Artículo 7° Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Despacho Administrativo, Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.