DISPOSICIÓN 139 2002 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
DECLARA LA PÉRDIDA DE ESPACIO ASIGNADO AL SR. ROBERTO POLINORI, EN EL HOSPITAL DE REHABILITACIÓN MANUEL ROCCA
Publicación:
15/04/2002
Sanción:
09/04/2002
Organismo:
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Visto el Expediente N° 72.051/01 y
CONSIDERANDO:
Que el señor Roberto Polinori es una persona con necesidades especiales que se desempeñaba como vendedor ambulante en las aceras de la zona de Once;
Que por disposición de la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires se efectuó la desocupación de dicho sector público;
Que a fin de resolver la situación laboral de los vendedores desalojados que padecían alguna discapacidad se dictó el Decreto N° 300/GCBA/94;
Que la normativa estableció la obligación de ubicar a los afectados dentro de organismos de su jurisdicción;
Que para ello incluyó un anexo conteniendo el listado de las personas comprendidas;
Que el señor Roberto Polinori integra dicho listado;
Que por inexistencia de normativa regulatoria del procedimiento de adjudicación parte de estos beneficiarios lograron ubicación por vía de su gestión directa ante los respectivos organismos;
Que dicha operatoria generó cuestionamientos fundados en que tal modalidad hace factible la discrecionalidad de las autoridades de aplicación.
Que el Sr. Polinori peticionó que se lo ubicara indistintamente o en ámbito del Hospital Cosme Argerich /o Fernández /o Ramos Mejía /o Palacio Municipal;
Que con el dictado del Decreto N° 1.553/GCBA/97 se atribuyó la facultad de aplicar su régimen a la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que con posterioridad la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones notificó al señor Roberto Polinori de la existencia de varios espacios aptos para su adjudicación previo acuerdo entre los beneficiarios del Decreto N° 300/MCBA/94 en situación similar;
Que el interesado retractó dicha notificación por Nota N° 834/DGCyP/2000;
Que para evitar discrecionalidad y otorgar transparencia al sistema se dictó la Disposición 097/DGCyP/2000 que fijó las reglas del procedimiento adjudicatorio;
Que en este marco normativo se practicó una nueva notificación citando al señor Roberto Polinori por la que se lo convocó a un acto público que se realizó el día 15 de noviembre de 2000 a efectos del otorgamiento de once espacios disponibles;
Que por Registro N° 1.881/DGCyP/2000 el beneficiario comunicó su incomparecencia con fundamento en que la Disposición N° 097/DGCyP/2000 vulnera los derechos establecidos en la Ley N° 24.308;
Que el Art. 4° de la Disposición N° 097/DGCyP/2000 establece que la incomparecencia del interesado no lo excluye del acto adjudicatorio;
Que en tal virtud le correspondió el lugar disponible en el Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca, sito en Avda. Segurola 1949 de Capital Federal;
Que dicha asignación se notificó por cédula administrativa recibida por el interesado en fecha 29 de diciembre de 2000;
Que el Art. 6° de la Disposición N° 097/DGCyP/2000 prevé que el silencio del beneficiario o el expreso rechazo en el plazo de cinco días de notificada la adjudicación genera la pérdida del derecho a la explotación y del lugar de ubicación que registra en la Lista de Aspirantes a Ocupar Espacios para Pequeños Comercios;
Que a la fecha transcurrió en exceso el plazo supra señalado;
Que también se encuentra vencido el plazo previsto en el Art. 103 de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobada por el Decreto N° 1.510/GCBA/97 para que el beneficiario recurra la asignación efectuada;
Que por ello, de conformidad con el artículo 94 de la norma de rito, dicho acto administrativo se encuentra firme;
Que por la normativa que rige la materia corresponde disponer que para el Sr. Roberto Polinori ha ocurrido la perdida del espacio asignado en el Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca;
Que en igual sentido corresponde que el Sr. Roberto Polinori pierda el lugar de ubicación en el Registro de Aspirantes a Explotar los Espacios para Pequeños Comercios previsto por el Decreto N° 1.553/GCBA/97;
Que la Procuración General se expidió en el caso sub examine;
Que de conformidad a lo normado por el artículo 6° de la Disposición N° 097/DGCyP/2000;
Artículo 1° Declarar la pérdida del espacio que le fuera asignado al Sr. Roberto Polinori en ámbito del Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca.
Artículo 2° Excluir al Sr. Roberto Polinori del lugar que ocupa en el Registro de Aspirantes para la Explotación de Pequeños Comercios.
Artículo 3° Notificar al interesado lo dispuesto en la presente por cédula Administrativa haciendo mención de lo dispuesto en la Disposición N° 097/DGCyP/2000, Art. 6° in fine y a la Secretaría de Desarrollo Social en la forma de estilo.
Artículo 4° Regístrese y Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.