RESOLUCIÓN 3 2012 SECRETARIA DE HABITAT E INCLUSION
Síntesis:
NORMA DEROGADA - APRUEBA REGLAMENTO - PROGRAMA DE GESTIÓN SOCIAL DEL HÁBITAT Y LA INCLUSIÓN - DECRETO 704-GCBA-2008 - PROGRAMA DE APOYO A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE ASISTENCIA Y PROMOCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - ÁMBITO COPIDIS - DESIGNACIÓN COMO UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE GESTIÓN SOCIAL DEL HÁBITAT Y LA INCLUSIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE INCLUSIÓN SOCIAL - SECRETARÍA DE HÁBITAT E INCLUSIÓN.
Publicación:
02/05/2012
Sanción:
23/04/2012
Organismo:
SECRETARIA DE HABITAT E INCLUSION
VISTO
los Decretos N° 704/GCBA/2008 (B.O.C.B.A N° 2956), Decreto N° 234/GCBA/2011 (B.O..C.B.A N° 3663), Decreto N° 196/GCBA/2012 (B.O.C.B.A), y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N°704/GCBA/2008 se creó el "Programa de Apoyo a Organizaciones de la Sociedad Civil de Asistencia y Promoción de las Personas con Discapacidad" en el ámbito de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad, (COPIDIS).
Que, el Decreto N° 234/GCBA/2011 facultó a la Presidente de COPIDIS a dictar los actos administrativos necesarios para la correcta implementación del Programa de Apoyo a Organizaciones de la Sociedad Civil de Asistencia y Promoción de las Personas con Discapacidad, a promover el modelo de convenio a suscribirse con las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSCs) y los formularios que sean menester para el cumplimiento del referido Programa, y a suscribir los mentados instrumentos;
Que, mediante el Decreto N° 660/GCBA/11 se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se creó en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Económico, la Secretaría de Hábitat e Inclusión, teniendo entre sus responsabilidades primarias las de diseñar, implementar y supervisar políticas, estrategias y acciones que fortalezcan la cultura cívica y la participación ciudadana en poblaciones vulnerables, entendiendo a su vez en las políticas referidas a las personas con discapacidad;
Que a su vez, el referido Decreto creo la Dirección General de Inclusión Social, teniendo entre sus responsabilidades primarias las de diseñar acciones que promuevan la participación de las organizaciones de la sociedad civil, en el fortalecimiento y fomento de las políticas de inclusión en el marco de la Secretaría.
Que el Decreto N° 196/GCBA/2012 dejó sin efecto el Programa Apoyo a Organizaciones de la Sociedad Civil de Asistencia y Promoción de Personas con Discapacidad creado por Decreto N° 704/08 y aprobó la creación del Programa "Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la Inclusión", en el ámbito de la Secretaría de Hábitat e Inclusión, con el objetivo de brindar apoyo técnico y económico a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSCs), que promuevan iniciativas en procesos participativos de gestión del hábitat, la inclusión social, la ampliación de ciudadanía y la implementación de acciones tendientes a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad.
Que, el Decreto de mención facultó al titular de la Secretaría de Hábitat e Inclusión a dictar los actos administrativos necesarios para la correcta implementación del Programa Apoyo a la Gestión Social del Hábitat y la Inclusión, promover convenios de colaboración, a evaluar y asignar subsidios a los proyectos presentados en el marco del Programa, a aprobar el modelo de convenio a suscribirse con las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSCs) y los formularios que sean menester para el cumplimiento del referido Programa, y a suscribir los mentados instrumentos;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto nro. 724/2011 y los decretos antes mencionados;
ART.1°- Apruébense el reglamento del Programa de Gestión Social del Hábitat y la Inclusión, el modelo de convenio a suscribirse con las Organizaciones de la Sociedad Civil, el Formulario para la presentación de proyectos y la planilla de rendición de cargos que como ANEXO I forman parte del presente.
ART. 2°- Desígnese como Unidad Ejecutora del Programa de Gestión Social del Hábitat y la Inclusión, a la Dirección General de Inclusión Social dependiente de la Secretaría de Hábitat e Inclusión.
ART. 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Klemensiewicz
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3902