RESOLUCIÓN 183 2012 MINISTERIO DE MODERNIZACION

Síntesis:

INFORME FINAL DE GESTIÓN - RICARDO DANIEL SPARTANO - ART 25 DE LA LEY - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN  

Publicación:

10/05/2012

Sanción:

02/05/2012

Organismo:

MINISTERIO DE MODERNIZACION


VISTO:

El artículo 25 de la Ley N° 70, reglamentado por el artículo 14 del Decreto N° 1000/99, la Disposición N° 24-DGOGPP-11, el Expediente N° 51776/2012, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 25 de la Ley 70 establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos, deben redactar, cuando se alejen de sus cargos, un informe final sobre su gestión, disponiéndose, asimismo, que dicha tarea es remunerada;

Que por Disposición N° 24-DGOGPP-11, la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto determinó el procedimiento de aprobación de los Informes alcanzados por dicha norma, estableciendo las características y el alcance del mencionado informe;

Que, a fs. 1/2 el Lic. Ricardo Daniel Spartano, DNI N° 16.280.429, presenta su Informe Final de Gestión como Director General de Operaciones y Tecnología, fundamentado en el texto del referido art. 25;

Que sin perjuicio de que, a partir de la nueva estructura Ministerial establecida por la Ley de Ministerios N° 4013 y su reglamentación por Decreto N° 660/11, varias Unidades de Organización dejaron de pertenecer al Ministerio de Hacienda para pasar a la órbita de este Ministerio, las responsabilidades primarias de su titular se mantienen en el mismo funcionario que ostentaba las competencias con anterioridad al dictado de la referida normativa;

Que la referida situación ocurre en el presente, en la cual la Dirección General de Operaciones y Tecnología, pasó a estar bajo la órbita de este Ministerio, bajo la misma denominación;

Que toda vez que se trata de una continuidad del ejercicio de las facultades y no de una finalización del ejercicio del cargo propiamente dicha, no se reúne la condición necesaria para poder solicitar el carácter remunerado del informe previsto por el art. 25 de la Ley 70;

Que no obstante la no remuneración de la tarea, corresponde tener por presentado del informe de mención, en los términos del primer párrafo del art. 25 de la Ley N° 70;

Que la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete, habiendo dictaminado en el sentido aquí expuesto.

Por ello, y en uso de sus facultades conferidas,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE

Artículo 1°.- Téngase por presentado el Informe Final de Gestión del Lic. Ricardo Daniel Spartano, DNI N° 16.280.429, en función de lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 70, primer párrafo.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, remítase copia en soporte digital del texto integro del informe final de gestión a la Sindicatura General de la Ciudad y para su conocimiento y notificación al interesado, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización. Ibarra

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
Res 183-MMGC-12 tenga por presentado Informe Final de Gestión Ricardo Daniel Spartano,cuya designación fuera dispuesta por Dec 762-09