RESOLUCIÓN 46 2012 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE OTORGA UN INCREMENTO SALARIAL PARA EL PERSONAL QUE REVISTA EN EL SISTEMA DE CARRERA ADMINISTRATIVA
Publicación:
15/05/2012
Sanción:
25/04/2012
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina"
RESOLUCIÓN N.° 46/SGCBA/12
Buenos Aires, 25 de abril de 2012
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), las
Resoluciones N° 17-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.378), N° 4-SGCBA/11 (BOCBA N°
3.597), N° 5-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), N° 24-SGCBA/12 (BOCBA N° 3.869), el
Expediente N° 822.029/12, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Sindicatura General de la Ciudad es un
Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2) otorga al/la Síndico/a General las
atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura
General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en sus aspectos operativos,
funcionales y de administración de personal;
Que en razón de las facultades establecidas en el inciso 8) del artículo citado
anteriormente, el/la Síndico/a General administra su presupuesto, resuelve y aprueba
los gastos del Organismo;
Que mediante Resolución N° 17-SGCBA/10 se aprobó la Estructura Organizativa de la
Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del Personal de la
Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 5-SGCBA/11 se aprobó el Sistema de Carrera Administrativa
de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante la Resolución N° 24-SGCBA/12 se modificó la Estructura Organizativa
de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires a partir del día 1° de marzo de
2012;
Que mediante Resolución N° 40-SGCBA/12 se modificó el artículo 15 del Anexo I de la
Resolución N° 5-SGCBA/11, estableciendo el valor de la Unidad Retributiva
correspondiente a los niveles salariales del Sistema de Carrera Administrativa de la
Sindicatura General, en la suma remunerativa de pesos 1,65 a partir del 1 ° de marzo
de 2012;
Que mediante la Resolución N° 596-MHGC/12 se instrumentó el Acta de Negociación
Colectiva N° 6/12, suscripta el 12 de abril de 2012 en el marco de la Comisión Paritaria
Central, entre el Consejo Central para la Negociación Colectiva y el Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en virtud de lo expuesto, es menester adecuar las remuneraciones para el
personal que revista en el Sistema de Carrera Administrativa de esta Sindicatura
General de la Ciudad, teniendo en cuenta el valor de la Unidad Retributiva aprobada
por la Resolución N° 40-SGCBA/12;
Que existen fondos suficientes que permiten afrontar el referido gasto;
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2012. Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina"
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su
competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 834.967-SGCBA/12.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos 2) y 8) del artículo 130
de la Ley N° 70,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°.- Otórgase un incremento salarial para el personal que revista en el Sistema
de Carrera Administrativa de la Sindicatura General de la Ciudad, compuesto de la
siguiente manera:
a) A partir del 1° de abril de 2012, una suma remunerativa equivalente al 8% del
sueldo básico percibido en el mes de marzo de 2012.
b) A partir del 1° de julio de 2012, una suma no remunerativa equivalente al 8% del
sueldo básico correspondiente al mes de marzo de 2012. Dicha suma se convertirá en
remunerativa a partir del día 1° de enero de 2013.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del
Ministerio de Modernización, y para su conocimiento y demás efectos pase a la
Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial