DECRETO 342 2012
Síntesis:
DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA RESOLUCIÓN 475-MJGGC-10 - CESE DE ALEJANDRA LEGRIS AL CARGO DE DIRECTORA OPERATIVA DE LA EX DIRECCIÓN OPERATIVA DE INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS
Publicación:
20/07/2012
Sanción:
13/07/2012
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El Decreto N° 684/09, las Resoluciones Nros. 232/MJGGC/10 y 475/MJGGC/10 y el
Expediente N° 1368139/10 e incorporado, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el visto tramita el Recurso Jerárquico interpuesto por la
agente Alejandra Legris, D.N.I N° 6.254.930 contra los términos de la Resolución N°
475/MJGGC/10;
Que mediante la mencionada Resolución se dispuso el cese de la citada agente a
partir del 15 de junio de 2010 en el entonces cargo de Directora Operativa de la ex
Dirección Operativa de Instalaciones Complementarias, de la entonces denominada
Dirección General de Proyectos y Obras de Subsecretaria de Gestión Económico
Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación;
Que habiéndose notificado la interesada de dicho acto, presentó contra el mismo
Recurso Jerárquico;
Que dicha designación se enmarcó dentro de los términos del Decreto N° 684/09 que
aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y que en su artículo 3 establecía la división de los cargos gerenciales
en dos niveles que entonces se denominaban dirección operativa y subdirección
operativa;
Que asimismo, el mencionado Decreto autorizó al Jefe de Gabinete de Ministros a
disponer la cobertura transitoria de los cargos gerenciales, su duración y a fijar el plazo
dentro del cual se debían convocar los concursos públicos y abiertos de antecedentes
y oposición para la cobertura de los mismos;
Que la agente Legris fue designada con carácter transitorio mediante Resolución N°
232/MJGGC/10 en el entonces cargo de Directora Operativa de la entonces Dirección
Operativa de Instalaciones Complementarias de la Subsecretaría de Gestión
Económico Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación;
Que, posteriormente, el señor Ministro de Educación propició el cese de la
mencionada agente;
Que al tomar intervención la Procuración General de la Ciudad señaló que de los
considerandos de la Resolución N° 232/MJGGC/10 se desprende que la designación
propiciada se efectuó en forma transitoria hasta tanto se realizara la convocatoria para
los concursos públicos abiertos de antecedentes y de oposición:
Que en virtud de ello, el Organismo Asesor concluyó que la función para la que fue
designada la interesada era de carácter transitorio, por lo cual no puede ahora
pretender la continuidad en sus funciones y una estabilidad que no le garantizaban las
normas que regulan su designación, o modificar el carácter de la misma, toda vez que
ello implicaría desconocer las condiciones a las que voluntariamente se sometió,
yendo contra sus propios actos;
Que en los autos "Deheza, Hipólito A. c/Municipalidad de Esteban Echeverría
s/Demanda Contencioso Administrativa", la Suprema Corte de Justicia de la Provincia
de Buenos Aires, en la causa B 50208 S 26-2-91, ha sostenido que: "Si el agente se
sometió voluntariamente y sin reservas a un régimen estatutario que no le garantizaba
la estabilidad en su empleo-personal contratado temporariamente-no puede reclamar
los derechos emergentes de esa garantía de estabilidad sin violentar el principio que
impide a un sujeto a contravenir sus propios actos anteriores, libres y jurídicamente
relevantes" (ED 144, 484-AyS 1991-1,216 DJBA 142, 47);
Que en virtud del principio jurídico que desaprueba conductas contradictorias con las
obradas con anterioridad, se torna inadmisible la pretensión de la interesada.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1.- Desestímase el recurso jerárquico interpuesto por la Sra. Alejandra Legris,
D.N.I N° 6.254.930, contra los términos de la Resolución N° 475/MJGGC/10.
Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Educación
y de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Educación,
quien deberá notificar a la recurrente, dejando constancia que el presente acto agota
la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer los recursos
previstos en el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. MACRI - Bullrich - Ibarra -
Rodríguez Larreta