RESOLUCIÓN 156 2012 SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Síntesis:
CONVOCATORIA CONCURSO BUENOS AIRES EMPRENDE 2012 - PROGRAMA RED INSTITUCIONAL DE APOYO PYMES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - OBJETIVO DE DESARROLLAR ACCIONES QUE PERMITAN LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS PORTEÑAS - DOS AÑOS CONSECUTIVOS DE PARTICIPACIÓN - EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS - SUBSECRETARÍA DESARROLLO ECONÓMICO
Publicación:
01/08/2012
Sanción:
26/07/2012
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
VISTO:
el Decreto N° 923/GCABA/2.005, las Resoluciones Nros. 65/SSDE/2.012 y
91/SSDE/2.012; y los Expedientes Nros. 680.044 y 744.521, ambos del año 2012; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 923/GCABA/2005 se creó el Programa "Red Institucional
de Apoyo Pymes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", con el objetivo de
desarrollar acciones que permitan la mejora de la competitividad de las micro,
pequeñas y medianas empresas porteñas, a través del fortalecimiento de su
interacción con las organizaciones y entidades no gubernamentales, especializadas en
la prestación de servicios de apoyo a las mismas;
Que, en el marco del citado Decreto, desde el año 2008 se ha puesto en marcha la
convocatoria anual denominada "Buenos Aires Emprende", con favorables resultados,
y un gran impacto en diferentes sectores de la economía porteña que como objetivo se
propuso con el mismo;
Que, como consecuencia de las acciones desarrolladas en el marco del Concurso
"Buenos Aires Emprende", para sus versiones de los años 2008, 2009, 2010 y 2011,
las Entidades Patrocinadoras han incrementado su nivel de conocimiento y capacidad
de acción en la temática emprendedora como así también en los diferentes aspectos
relativos al desarrollo de los planes de negocios y gestión de proyectos;
Que, en atención a ello, mediante la Resolución N° 65/SSDE/2012, se convocó al
concurso "Buenos Aires Emprende 2012", destinado a seleccionar entidades
especializadas para que participen como patrocinantes de proyectos de negocios de
emprendedores;
Que por el Anexo I, punto 4 del apartado II de la Resolución mencionada en el párrafo
precedente denominado "Beneficios a los proyectos aprobados", se estableció que las
presentaciones serian aprobadas por orden de mérito hasta agotar el cupo de fondos
disponible para cada categoría;
Que, cabe poner de resalto que en las ediciones 2008 a 2011 del Programa, se
estableció que el monto a caucionar por parte de las entidades participantes era del
100% del monto por tutorías y aportes no reembolsables para la ejecución de los
proyectos bajo su tutoría, para aquellas entidades con al menos dos (2) años
consecutivos de participación en el programa, y buen cumplimiento en sus funciones
en el marco del concurso;
Que, dados los favorables resultados evidenciados durante el proceso de ejecución de
los proyectos aprobados en dichas convocatorias, respecto a la gestión de los
recursos económicos otorgados por ésta Subsecretaría; y al no haberse registrado
impedimento alguno para el recupero del dinero oportunamente erogado por el
GCABA en los casos de proyectos discontinuados o renunciados, se propicia el
dictado del presente;
Que completadas cuatro ediciones del Programa, existe un conjunto de entidades
fuertemente comprometidas con el desarrollo del Programa, las que a su vez han
generado sus propios equipos técnicos capaces de cumplir con eficacia con las pautas
establecidas para la gestión del mismo;
Que la Resolución N° 91/SSDE/2012 aprobó las propuestas técnicas de selección y
tutoría las Entidades Patrocinantes para proyectos de negocios de emprendedores
que participaron en el marco del concurso "Buenos Aires Emprende 2011", quedando
determinadas como entidades participantes, Asociación Civil de Estudios Superiores -
ACES-Escuela de Economía y Negocios-IAE-, Fundación Pro Instituto Universitario
Escuela Argentina de Negocios, Fundación Endeavor Argentina, Emprendedores
Argentinos Asociación Civil-EMPREAR-, Fundación Iberoamericana de Estudios
Superiores Universidad Abierta Interamericana -U.A.I.,Instituto de Emprendiéndoos
Científicos y Tecnológicos Asociación Civil -IECYT-, Asociación Civil Universidad del
CEMA, Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires,
Fundación Universidad de San Andrés, Polo de Tecnología Informática de la Ciudad
de Buenos Aires Asociación Civil (POLO IT), Red de Exportadores de Buenos Aires -
Asociación Civil -Bairexport-, ESEADE Escuela Superior de Economía y
Administración de Empresas, Consejo Profesional Ciencias Económicas de La Ciudad
de Buenos Aires, Asociación Centro de Estudios para el Desarrollo de la Industria
Químico-Farmacéutica Argentina (Cediquifa) y Cámara Argentina De Comercio;
Que la Resolución N° 65/SSDE/2012, instituyó en su Anexo I, punto III.
OBLIGACIONES Y RESERVAS, que las Entidades Patrocinantes deberán constituir
un seguro de caución como garantía del monto total de dinero que reciban en el marco
de la presente Convocatoria por tutorías y aportes no reembolsables para la ejecución
de los proyectos; difiriéndose para una resolución posterior, la fijación de los montos
específicos a caucionar por las entidades patrocinantes;
Que la Procuración de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado la
intervención que le compete;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
Artículo 1°.- Establécese que las entidades patrocinadoras con al menos dos (2) años
consecutivos de participación en el programa, y que no registren proyectos pendientes
de cierre final correspondientes a la Convocatoria Buenos Aires Emprende 2010,
deberán constituir seguro de caución por un monto equivalente al cincuenta por ciento
(50 %) sobre el total de dinero que reciban en el marco de la referida convocatoria por
tutorías y aportes no reembolsables para la ejecución de los proyectos de
emprendedores bajo su patrocinio, en el marco del concurso Buenos Aires Emprende
2012
Articulo 2°: Las entidades patrocinadoras que no cumplieran con alguna de las dos
condiciones indicadas en el artículo precedente deberán constituir seguros de caución
por el cien por ciento (100%) del monto total de dinero que perciban en el marco de la
presente Convocatoria por tutorías y aportes no reembolsables para la ejecución de
los proyectos de emprendedores bajo su patrocinio, en el programa antes
mencionado.
Articulo 3°.- Los montos correspondientes a ser caucionados por las entidades
participantes serán determinados por la Autoridad de Aplicación en ocasión de la
publicación de la resolución que determine el orden de mérito correspondiente a la
Convocatoria Buenos Aires Emprende 2012.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos a la Dirección Técnica
Administrativa y Legal del Ministerio. Cumplido, prosígase el trámite por esta
Subsecretaría. Svarzman