RESOLUCIÓN 1142 2012 MINISTERIO DE MODERNIZACION

Síntesis:

ESTABLECE SUMA REMUNERATIVA - VALOR DE LA UNIDAD RETRIBUTIVA - A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2012 - REMUNERACIONES DE AUTORIDADES SUPERIORES Y RÉGIMEN MODULAR DE PLANTAS DE GABINETE

Publicación:

02/08/2012

Sanción:

30/07/2012

Organismo:

MINISTERIO DE MODERNIZACION


VISTO:

La Ley N° 4013, el Decreto N° 660/11, la Resolución Conjunta N° 901-

MMGC/MHGC/2012, el Expediente N° 1.480.537/12, y

CONSIERANDO:

Que la Ley de Ministerios N° 4.013, establece la actual estructura ministerial del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y determina que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que allí les fueron conferidas;

Que por su parte, el Decreto N° 660/11, faculta a los Ministerios de Modernización y de

Hacienda, a arbitrar las medidas que resulten pertinentes para cumplimentar la

aplicación de lo dispuesto en ese acto y en la Ley N° 4.013;

Que en este sentido, por Resolución Conjunta N° 901/MMGC/MHGC/12, se estableció

el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades

Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete, en la suma remunerativa de

un peso con 8975/100 ($ 1,8975);

Que en el marco de la pauta salarial del año en curso, dispuesta para el personal de

planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la

readecuación producida sobre las remuneraciones brutas correspondientes al

Régimen Gerencial es sus dos niveles, Gerente y Subgerente Operativo, corresponde

adecuar el valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones de Autoridades

Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete.

Por ello, y e uso de las facultades que le son propias,

LOS MINISTROS DE MODERNIZACIÓN Y DE HACIENDA

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establecese a partir del 1 de julio de 2012 en dos pesos con 1376/100

($ 2,1376), la suma remunerativa correspondiente al valor de la unidad retributiva

aplicable a las remuneraciones de Autoridades Superiores y al Régimen Modular de

Plantas de Gabinete.

Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la

Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General de la Oficina

de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos remítase a

los Ministerios de Hacienda y de Modernización. Cumplido, archívese. Ibarra -

Grindetti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 1587-MMGC-MHGC-12 modifica la unidad retributiva de autoridades superiores, consignada en el art. 1 de la Res. 1142-MMGC-MHGC-12