LEY 4207 2012

Síntesis:

CORRIGE ERRATA DE LA LEY 4068 -   CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO -  MODIFICACIONES -  PLANCHETAS -  DELIMITACIÓN - PARQUE CHAS 

Publicación:

03/08/2012

Sanción:

28/06/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

26/07/2012


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Corrígese la errata de la Ley 4068, sancionada el 01/12/2011 y publicada

en el B.O. N° 3.853 del 13/02/2012, en su Artículo 2°, donde dice: "Desaféctase del

distrito de zonificación R1bl Sector 3 del Código de Planeamiento Urbano, al polígono

delimitado por los ejes de las Avenidas Triunvirato y de los Incas, y de las calles La

Pampa y Andonaegui y aféctase dicho polígono al distrito de zonificación U (N° a

designar) "Parque Chas", del Código de Planeamiento Urbano", debe decir:

"Desaféctase de los Distritos R1bl Sector 3 y C3II de Zonificación del Código de

Planeamiento Urbano, al polígono delimitado por el eje de la Av. Triunvirato desde su

intersección con el eje de la Av. De los Incas, por éste hasta su intersección con el eje

de la Av. Gral. Benjamín Victorica, por éste hasta su intersección con el eje de la Av.

De los Constituyentes, por éste hasta su intersección con el eje de la calle

Constantinopla, por éste hasta su intersección con el eje de la calle Burela, por éste

hasta su intersección con el eje de la calle La Pampa, por éste hasta su intersección

con el eje de la Av. Triunvirato, y por éste hasta su intersección con el eje de la Av. De

los Incas y aféctase dicho polígono al Distrito de Zonificación U (N° a designar)

"Parque Chas", del Código de Planeamiento Urbano".

Art. 2°.- Corrígese la errata de la Ley 4068, sancionada el 01/12/2011 y publicada en el

B.O. N° 3.853 del 13/02/2012, en su Artículo 3° Punto 2 DELlMITACION, donde dice:

"El Distrito, referido al polígono delimitado por el eje de la Avenida Triunvirato, el eje de

la Avenida de los Incas entre Avenida Triunvirato y Avenida Gral. Benjamín Victorica,

las parcelas frentistas a la Avenida Gral. Benjamín Victorica sector este entre Avenida

de los Incas y Avenida de los Constituyentes, el eje de la Avenida de los

Constituyentes y eje de la calle Gándara hasta su intersección con el eje de la calle

Burela y por éste hasta su intersección con el eje de la calle La Pampa, y por éste

hasta el eje de la Av. Triunvirato según Plano N° 5.4.6. N° (a designar)", debe decir:

"Comprende el polígono delimitado por el eje de la Av. Triunvirato desde su

intersección con el eje de la Av. De los Incas, por éste hasta su intersección con el eje

de la Av. Gral. Benjamín Victorica, por éste hasta su intersección con el eje de la Av.

de los Constituyentes, por éste hasta su intersección con el eje de la calle

Constantinopla, por éste hasta su intersección con el eje de la calle Burela, por éste

hasta su intersección con el eje de la calle La Pampa, por este hasta su intersección

con el eje de la Av. Triunvirato, y por este hasta su intersección con el eje de la Av. De

los Incas, según Plano N° 5.4.6. (N° a designar)".

Art. 3°.- Encomiéndase a la Secretaría de Planeamiento la modificación de las

Planchetas de Zonificación N° 5, 6 y 10 del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 4207, corrige errata en el artículo 2 de la Ley 4068.</p><p>Art. 2, corrige errata en el artículo 3 de la Ley 4068. </p>
PROMULGADA POR