LEY 4207 2012
Síntesis:
CORRIGE ERRATA DE LA LEY 4068 - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - MODIFICACIONES - PLANCHETAS - DELIMITACIÓN - PARQUE CHAS
Publicación:
03/08/2012
Sanción:
28/06/2012
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
26/07/2012
Artículo 1°.- Corrígese la errata de la Ley 4068, sancionada el 01/12/2011 y publicada
en el B.O. N° 3.853 del 13/02/2012, en su Artículo 2°, donde dice: "Desaféctase del
distrito de zonificación R1bl Sector 3 del Código de Planeamiento Urbano, al polígono
delimitado por los ejes de las Avenidas Triunvirato y de los Incas, y de las calles La
Pampa y Andonaegui y aféctase dicho polígono al distrito de zonificación U (N° a
designar) "Parque Chas", del Código de Planeamiento Urbano", debe decir:
"Desaféctase de los Distritos R1bl Sector 3 y C3II de Zonificación del Código de
Planeamiento Urbano, al polígono delimitado por el eje de la Av. Triunvirato desde su
intersección con el eje de la Av. De los Incas, por éste hasta su intersección con el eje
de la Av. Gral. Benjamín Victorica, por éste hasta su intersección con el eje de la Av.
De los Constituyentes, por éste hasta su intersección con el eje de la calle
Constantinopla, por éste hasta su intersección con el eje de la calle Burela, por éste
hasta su intersección con el eje de la calle La Pampa, por éste hasta su intersección
con el eje de la Av. Triunvirato, y por éste hasta su intersección con el eje de la Av. De
los Incas y aféctase dicho polígono al Distrito de Zonificación U (N° a designar)
"Parque Chas", del Código de Planeamiento Urbano".
Art. 2°.- Corrígese la errata de la Ley 4068, sancionada el 01/12/2011 y publicada en el
B.O. N° 3.853 del 13/02/2012, en su Artículo 3° Punto 2 DELlMITACION, donde dice:
"El Distrito, referido al polígono delimitado por el eje de la Avenida Triunvirato, el eje de
la Avenida de los Incas entre Avenida Triunvirato y Avenida Gral. Benjamín Victorica,
las parcelas frentistas a la Avenida Gral. Benjamín Victorica sector este entre Avenida
de los Incas y Avenida de los Constituyentes, el eje de la Avenida de los
Constituyentes y eje de la calle Gándara hasta su intersección con el eje de la calle
Burela y por éste hasta su intersección con el eje de la calle La Pampa, y por éste
hasta el eje de la Av. Triunvirato según Plano N° 5.4.6. N° (a designar)", debe decir:
"Comprende el polígono delimitado por el eje de la Av. Triunvirato desde su
intersección con el eje de la Av. De los Incas, por éste hasta su intersección con el eje
de la Av. Gral. Benjamín Victorica, por éste hasta su intersección con el eje de la Av.
de los Constituyentes, por éste hasta su intersección con el eje de la calle
Constantinopla, por éste hasta su intersección con el eje de la calle Burela, por éste
hasta su intersección con el eje de la calle La Pampa, por este hasta su intersección
con el eje de la Av. Triunvirato, y por este hasta su intersección con el eje de la Av. De
los Incas, según Plano N° 5.4.6. (N° a designar)".
Art. 3°.- Encomiéndase a la Secretaría de Planeamiento la modificación de las
Planchetas de Zonificación N° 5, 6 y 10 del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez