LEY 4225 2012

Síntesis:

APRUEBA - CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN RECÍPROCA - SUSCRIPTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE NEUQUÉN - IMPLEMENTACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS - INTERCAMBIO CULTURAL - FORTALECIMIENTO DE VÍNCULOS - ACTIVIDADES CULTURALES - AMBAS JURIDISCCIONES - SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS ESPECÍFICOS - VIGENCIA - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACION DEL DIGESTO JURIDICO)

Publicación:

06/08/2012

Sanción:

05/07/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

30/07/2012


 

TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

 

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Apruébase el Convenio Marco de Colaboración, celebrado entre elGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por elseñor Jefe de Gobierno, Ing. Mauricio Macri y la Municipalidad de la Ciudad deNeuquén, Provincia de Neuquén, representada en dicho acto por el Intendente de laCiudad de Neuquén, Sr. Horacio Rodolfo Quiroga, suscripto con fecha de 20 deDiciembre de 2011 y registrado bajo el N° 17/11, cuya copia certificada se adjuntacomo Anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3967

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
APRUEBA
<p>Ley 4225 en su art. 1 aprueba Convenio Marco de Colaboración Recíproca suscripto entre el Gobierno de la Ciudad de BuenosAires y la Municipalidad de la Ciudad de Neuquén</p>