LEY 4219 2012

Síntesis:

MODIFICACIÓN - PRESUPUESTO ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EJERCICIO 2012 - READECUACIONES CREDITICIAS NECESARIAS  EXCLUIDAS DE LIMITACIÓN PORCENTUAL ESTABLECIDA POR ART. 24 DE LA LEY 4041

Publicación:

08/08/2012

Sanción:

05/07/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

01/08/2012


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Modificase el Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2012, de acuerdo con el detalle obrante

en las planillas anexas a la presente ley las cuales, a todos sus efectos, forman parte

integrante de la misma.

Art. 2°.- El Poder Ejecutivo efectuará las readecuaciones crediticias que resulten

necesarias a los fines de la implementación de la presente ley, las que quedan

excluidas de la limitación porcentual establecida por el Art. 24° de la Ley 4041.

Art. 3°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3969

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 4219, modifica el Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2012, aprobado oportunamente por Ley 4041.</p>
PROMULGADA POR