LEY 4224 2012

Síntesis:

APROBACIÓN - CARTA DE INTENCIÓN - COOPERACIÓN BILATERAL - RELACIONES BILATERALES - GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - MUNICIPALIDAD DE SHANGHAI - REPÚBLICA POPULAR DE CHINA - RELACIONES EMPRESARIALES - RELACIONES COMERCIALES - INTERCAMBIO - FINANZAS - COMERCIO - DESARROLLO URBANO - PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE - TRANSPORTE - CULTURA - EDUCACIÓN - ARTES - DEPORTES - TURISMO - DESARROLLO ECONÓMICO - INVERSIÓN - ASISTENCIA TÉCNICA - INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN - CAPACITACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INTERNACIONALES Y PROTOCOLO - ACUERDOS BILATERALES - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACION DEL DIGESTO JURIDICO)

Publicación:

10/08/2012

Sanción:

05/07/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

02/08/2012


 

TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Apruébase la Carta de Intención de Cooperación, celebrada entre el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el

señor Jefe de Gobierno, lng. Mauricio Macri y la Municipalidad de la Ciudad de

Shanghai, de la República Popular China, representada en dicho acto por el Alcalde

de la Ciudad de Shanghai, Sr. Han Zheng, suscripta con fecha 19 de Septiembre de

2011 y registrada bajo el número 9966/11, en la Escribanía General de la Ciudad de

Buenos Aires, cuya copia certificada se adjunta como Anexo y como tal forma parte

integrante de la presente Ley.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 6 de agosto de 2012

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del

Decreto N° 2343/98, certifico que la Ley N° 4.224 (Expediente N° 1510593/12),

sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión

del día 5 de Julio de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 2 de

Agosto de 2012.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese

copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la

Dirección General de Asuntos Legislativos, para su conocimiento y demás efectos

remítase a la Subsecretaría de Gobierno. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3971

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
Art 1 de la Ley 4224 aprueba Carta de Intención de Cooperación celebrada entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Municipalidad de Shangai, Rep. Popular China, registrado bajo el número 9966-11.