DECRETO 421 2012
Síntesis:
DESIGNA A FRANCISCO LUIS TROPEA - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INTERINSTITUCIONALES - SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN SANITARIA - RETIENE CARGO SUBDIRECTOR ASISTENTE ÁREA PROGRAMÁTICA Y ATENCIÓN QUIRÚRGICA -TITULAR - HOSPITAL RIVADAVIA - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
23/08/2012
Sanción:
17/08/2012
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 4013, el Decreto N° 660/2011, el Expediente N° 465542/2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 660/2011, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del
Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud que el cargo de Director General, de la Dirección General de Relaciones
Interinstitucionales, del Ministerio de Salud, se encuentra vacante, el precitado
Ministerio, propone cubrir el mismo;
Que a tal efecto propicia la designación, del Dr. Francisco Luís Tropea, D.N.I
04.534.737, CUIL 20-04534737-1, legajo personal 347.580, toda vez que posee la
idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual fue propuesto;
Que conforme lo expresado precedentemente procede dictar la norma legal pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1.- Desígnase al Dr. Francisco Luís Tropea, D.N.I. 04.534.737, CUIL 20-
04534737-1, legajo personal 347.580, como Director General, de la Dirección General
de Relaciones Interinstitucionales, de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria, del
Ministerio de Salud, partida 4001.0000.M.06, reteniendo sin percepción de haberes el
cargo de Subdirector Asistente Área Programática y Atención Quirúrgica, titular, con
44 horas semanales, partida 4022.1500.MS.16.007 (P.61), del Hospital "Bernardino
Rivadavia", del citado Ministerio.
Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de
Hacienda, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, y a la
Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos
Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos
Cumplido, archívese. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta