RESOLUCIÓN 591 2012 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Síntesis:
EXCEPTUA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE HABITAT - SECRETARÍA DE HABITAT E INCLUSIÓN - DESIGNACIÓN PERSONAL DE LA PLANTA PERMANENTE - RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACIÓN Y RENDICIÓN DE FONDOS - RATIFICA RESOLUCIÓN 400-MDEGC-12
Publicación:
29/08/2012
Sanción:
17/08/2012
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
VISTO:
El Decreto N° 660/11 y su modificatorio Decreto N° 236/12, y las Resoluciones Nros.
78/MDEGC/12 y 400/MDEGC/12, las Disposiciones Nros. 9/DGCG/10 y
223/DGCG/10, el Expediente N° 1.164.813/12, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 660/11, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme
su Anexo I;
Que por Decreto N° 236/12, se modificó parcialmente el Decreto N° 660/12, y se
aprobó la modificación de la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo
Económico, según sus Anexos I y II;
Que oportunamente por Resolución N° 78/MDEGC/12, se designó a los responsables
de la administración y rendición de fondos en concepto de Caja Chica común, Caja
Chica Especial, Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones,
Fondo de Viáticos, Alojamiento y Pasajes, y Fondo de Viáticos y Movilidad de la
Dirección General de Hábitat de la Secretaría de Habitat e Inclusión dependiente de
este Ministerio;
Que por Resolución N° 400/MDEGC/12 se efectuó el cese de la señora Gisela Urroz,
DNI N° 16.137.712, CUIL 27-16137712-6, como responsable de la administración y
rendición de fondos de la Dirección General de Hábitat, y se designó en su reemplazo
de la señora Claudia Licia Rojas, DNI N° 17.408.982, CUIT 27-17408982-0;
Que en el Expediente citado en el Visto, a fs. 5, obra el informe IF-2012-01333877- -
DGCG, elaborado por la Dirección General de Contaduría, por el que se manifiesta dar
cumplimiento a lo indicado en el punto 2, del Anexo I de las Disposiciones Nros.
9/DGCG/10 y 223/DGCG/10, las que señalan "los Responsables de Fondos deberán
ser como mínimo dos, de los cuales al menos uno de ellos deberá ser personal de
planta permanente";
Que asimismo, el punto 2, del Anexo I de las Disposiciones mencionadas expresa
"Cuando el máximo responsable de la Unidad de Organización no pueda cumplir con
el requisito de designar al menos un agente de planta permanente como responsable
de los fondos, deberá solicitar la excepción debidamente fundamentada- a la máxima
autoridad de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado, la que podrá autorizarla de
considerarlo conveniente en el mismo Acto Administrativo de designación o de
otorgamiento de fondo.";
Que a fs. 7/8, del Expediente de referencia, la titular de la Secretaría de Habitat e
Inclusión solicita se tramite la excepción dispuesta en las normas citadas
precedentemente, toda vez que la Dirección General de Habitat, no cuenta con
personal de la planta permanente para ser designado como responsable de la
administración y rendición de fondos;
Que de lo expresado precedentemente corresponde el dictado de la norma legal
pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades que le fueron conferidas,
Artículo 1.- Exceptúase a la Dirección General de Habitat de la Secretaría de Habitat e Inclusión dependiente de este Ministerio, de lo dispuesto en el punto 2, del Anexo I, de las Disposiciones Nros. 9/DGCG/10 y 223/DGCG/10, en lo referente a la designación de personal de la planta permanente como responsable de la administración y
rendición de fondos.
Artículo 2.- Ratifícase la Resolución N° 400/MDEGC/12 en todos sus términos.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de Hábitat de este Ministerio, y gírese a la
Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.
Cabrera