LEY 4205 2012

Síntesis:

APRUEBA CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN - SUSCRIPTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, REPRESENTADO POR EL JEFE DE GOBIERNO MAURICIO MACRI Y LA MUNICIPALIDAD DE OLAVARRÍA PROVINCIADE BUENOS AIRES REPRESENTADA POR EL INTENDENTE JOSÉ MARÍA ESEVERRI - 12 DE MARZO DE 2012 - REGISTRO N° 05-12 - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACION DEL DIGESTO JURIDICO)

Publicación:

31/08/2012

Sanción:

28/06/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

27/07/2012


 

TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024

 

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Apruébase el Convenio Marco de Colaboración, celebrado entre el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el

señor Jefe de Gobierno, Ing. Mauricio Macri, y la Municipalidad de Olavarría, Provincia

de Buenos Aires, representada en dicho acto por el señor Intendente, Dr. José María

Eseverri, suscripto con fecha de 12 de marzo de 2012 y registrado bajo el N° 05/12,

cuya copia certificada se adjunta como Anexo, y como tal, forma parte integrante de la

presente Ley.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 27 de agosto 2012

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del

Decreto N° 2343/98, certifico que la Ley N° 4.205 (Expediente N° 1460295/12),

sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión

del día 28 de Junio de 2012 ha quedado automáticamente promulgada el día 27 de

Julio de 2012.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese

copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la

Dirección General de Asuntos Legislativos, para su conocimiento y demás efectos,

remítase al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3985

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
Ley 4205 en su art. 1° aprueba el Convenio Marco de Colaboración registrado bajo el Número 5-12