RESOLUCIÓN 147 2012 MINISTERIO DE GOBIERNO
Síntesis:
CREACIÓN DE PROGRAMAS - CREA EL PROGRAMA FEDERAL CONOCIENDO BUENOS AIRES - OBJETIVOS - AFIANZAR LAS RELACIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES CON LAS PROVINCIAS Y MUNICIPIOS DEL INTERIOR DE NUESTRO PAÍS - MODALIDADES- CONOCIENDO BUENOS EN UN DÍA PARA JÓVENES - EN UN DÍA PARA TERCERA EDAD - CONOCIENDO BUENOS AIRES EN DOS DÍAS, PARA ESCUELAS SECUNDARIAS - ENCOMIENDA A LA SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS FEDERALES Y O A LA DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN DE PROGRAMAS FEDERALES LA REGLAMENTACIÓN DEL PROGRAMA FEDERAL
Publicación:
04/09/2012
Sanción:
29/08/2012
Organismo:
MINISTERIO DE GOBIERNO
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 4.013, el Decreto N° 660/11 y
sus modificatorios, el Expediente N° 1.798.933/12, y
CONSIDERANDO:
Que es de interés para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fomentar,
profundizar y afianzar el vínculo con los Estados Provinciales y Municipales;
Que la creación de Programas Federales tiene por objeto afianzar las relaciones de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con las Provincias y Municipios del interior de
nuestro país;
Que la integración de los habitantes de todo el país constituye un instrumento para el
enriquecimiento del patrimonio cultural;
Que el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
establece que la Ciudad facilita el acceso a los bienes culturales, garantiza la
preservación, recuperación y difusión del patrimonio cultural y la historia de la Ciudad y
sus barrios;
Que, por su parte, el artículo 59 de la mencionada Constitución establece que la
Ciudad de Buenos Aires potencia el aprovechamiento de sus recursos e
infraestructura turística en beneficio de sus habitantes, procurando su integración con
los visitantes de otras Provincias;
Que, por otra parte, el artículo 27 de la Ley N° 4.013 establece, entre los objetivos del
Ministerio de Gobierno, el de coordinar y proponer las relaciones del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con los Estados Provinciales y los Municipios, así
como también coordinar, definir y supervisar la implementación de políticas públicas
interjurisdiccionales para la Región Metropolitana de Buenos Aires;
Que de conformidad con el Decreto N° 660/11, modificado por los Decretos N° 149/12,
N° 252/12 y N° 389/12, le compete a la Subsecretaría de Asuntos Federales del
Ministerio de Gobierno, fomentar la participación de instituciones y personas del
interior del país en actividades educativas, culturales, deportivas, políticas y sociales
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en coordinación con las áreas competentes;
Que, en sentido concordante, el Decreto N° 660/11, modificado por los Decretos N°
149/12, N° 252/12 y N° 389/12, asigna a la Dirección General Coordinación de
Programas Federales la misión de proponer iniciativas, programas y proyectos que
fomenten vínculos de cooperación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires con gobiernos, organismos y dependencias provinciales y municipales; así como
también coordinar con las áreas competentes, todos aquellos programas del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que tengan características federales y de
articulación con las Provincias y Municipios;
Que la promoción y difusión de actividades que propicien el intercambio cultural entre
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Provincias y Municipios del interior del país
a través de programas participativos, resulta una política de estado fundamental para
el afianzamiento y profundización de las relaciones entre las diferentes jurisdicciones;
Que en el marco de lo expuesto, resulta conveniente la creación de un Programa
Federal que permita generar un intercambio social y cultural entre nuestra Ciudad y las
demás jurisdicciones del país, a través de visitas guiadas que permitan la participación
de los habitantes del interior del país en las actividades sociales y culturales que
ofrece nuestra Ciudad;
Que a fin de optimizar la implementación del citado Programa Federal, se entiende
conveniente establecer diversas modalidades de ejecución, adaptándolo a las
características propias de cada uno de los diferentes grupos sociales a los que el
Programa estará dirigido.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Créase el Programa Federal "CONOCIENDO BUENOS AIRES" en el
ámbito de la Subsecretaría de Asuntos Federales del Ministerio de Gobierno.
Artículo 2°.- El Programa Federal creado por el artículo 1° de la presente resolución,
tendrá los siguientes objetivos:
a) Profundizar y afianzar el vínculo entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los
Estados Provinciales y Municipales;
b) Fomentar la participación de los habitantes del interior del país en las actividades
sociales y culturales que ofrece la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
c) Promocionar en las Provincias y Municipios del interior del país, los diversos activos
sociales, culturales y turísticos, entre otros, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°.- Establécese que el Programa Federal "CONOCIENDO BUENOS AIRES",
contará con las siguientes modalidades de ejecución:
a) "CONOCIENDO BUENOS AIRES EN UN DIA PARA JÓVENES", la cual estará
dirigida a niños, adolescentes y jóvenes de las Provincias y Municipios del interior del
país.
b) "CONOCIENDO BUENOS AIRES EN DOS DÍAS, PARA ESCUELAS
SECUNDARIAS", dirigida a escuelas y colegios secundarios de las Provincias y
Municipios del interior del país.
c) "CONOCIENDO BUENOS AIRES EN UN DIA PARA TERCERA EDAD", orientada a
grupos de la tercera edad de las Provincias y Municipios del interior del país.
Artículo 4°.- Encomiéndase a la Subsecretaría de Asuntos Federales y/o a la Dirección
General Coordinación de Programas Federales dependiente de la mencionada
Subsecretaría, la reglamentación del Programa Federal creado por el artículo 1° de la
presente, así como la aprobación de sus bases y condiciones y el dictado de todos los
actos administrativos que resulten necesarios para su ejecución.
Artículo 5°.- El gasto que demande la implementación del Programa Federal creado
por el artículo 1° de la presente, se imputará a las partidas presupuestarias
correspondientes.
Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Asuntos
Federales y a la Dirección General Coordinación de Programas Federales. Cumplido,
archívese. Monzó