DECRETO 32 1999

Síntesis:

PRORROGA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1999, EL ADICIONAL SALARIAL EN CONCEPTO DE ESTÍMULO A LA CONTINUIDAD EN EL ESFUERZO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO APLICABLE A TODO PERSONAL DOCENTE.

Publicación:

18/02/1999

Sanción:

05/01/1999

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 4.748/90, por el que se estableció un Adicional Salarial para el personal docente en concepto de estímulo a la continuidad en el esfuerzo a la prestación del servicio educativo, y

CONSIDERANDO:

Que el aludido Adicional, creado en el mes de setiembre de 1991 se mantuvo por normas de carácter anual hasta el año 1998, siendo su última prórroga aprobada por Decreto N° 211-GCBA-98;

Que a fin de mantener la continuidad y la calidad del servicio educativo se hace necesario mantener la vigencia del citado Adicional;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Prorrógase desde el 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 1999 la vigencia del Decreto N° 4.748/90 que establece un Adicional Salarial en concepto de estímulo a la continuidad en el esfuerzo a la prestación del servicio educativo, que se declara aplicable a todo el personal docente dependiente de las Secretarías de Educación y de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 2° El gasto que demande la aplicación del presente decreto será imputado a las partidas crediticias correspondientes del Presupuesto vigente.

Art. 3° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación, de Cultura y de Hacienda y Finanzas.

Art. 4° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, de Planificación Presupuestaria y de Contaduría General.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIADA POR
prorroga los plazos establecidos por el Dec. 4748-90
MODIFICA
Dto 32-99 Prorroga desde el 1-1-99 y hasta el 31-12-99 la vigencia del Decreto N° 4.748-90