RESOLUCIÓN 337 2002 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Síntesis:
SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - AMPLIA CON CARÁCTER EXPERIMENTAL Y EVALUATIVO - TRAMOS - CALLES - FERNÁNDEZ DE ENCISO - JOSÉ CUBAS - SAN NICOLÁS - JOAQUÍN V. GONZÁLEZ GUTENBERG SUR - MODIFICA AD REFERENDUM EL RECORRIDO DE LAS LINEAS DE COLECTIVOS NROS. 107 Y 114 - ARTERIAS - MANO ÚNICA
Publicación:
30/05/2002
Sanción:
21/05/2002
Organismo:
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Visto el Expediente N° 60.802/01, relacionado con un reordenamiento de tránsito en las adyacencias del paso a nivel existente en Fernández de Enciso, vías del ferrocarril y Gutenberg, y
CONSIDERANDO:
Que el ordenamiento circulatorio propuesto evita los giros y maniobras inseguras inmediatas al paso a nivel desde Gutenberg y desde Fernández de Enciso;
Que la asignación de los sentidos únicos de circulación de la calle José Cubas de Fernández de Enciso a San Nicolás de SO a NE, y de San Nicolás de José Cubas a Fernández de Enciso de SE a NO mejorará la evacuación del paso a nivel en el sentido de sur a norte, al disponer de toda la capacidad de la calzada de ambos tramos de arterias;
Que la materialización de las remodelaciones propuestas beneficia el flujo circulatorio inverso pues si bien no dispondrá de mayor capacidad de calzada no tendrá movimientos de giros ni maniobras inseguras que retarden la fluidez del tránsito;
Que la asignación del sentido único de Fernández de Enciso de San Nicolás a Gutenberg oeste facilita el eventual estacionamiento frente a la Escuela en los horarios de entrada y salida del alumnado;
Que al mismo tiempo se generan situaciones que brindarían mayor seguridad a los cruces peatonales;
Que la intersección de Fernández de Enciso y Joaquín V. González la que debería dotarse de señalamiento luminoso, mejora su desenvolvimiento al asignarse sentido único de esta ultima.
Por ello conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A.N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515/GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 926),
Artículo 1° Amplíase, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B .M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignando mano única de circulación a los siguientes tramos de arterias en la forma que se indica.
Fernández de Enciso: de San Nicolás a Gutenberg Norte de Norte a Sur
José Cubas: de Fernández de Enciso a San Nicolás de SO a NE
San Nicolás: de José Cubas a Fernández de Enciso de SE a NO
Joaquín V. González: de Gutenberg Sur a Habana de NO a SE
Gutenberg Sur: de Fernández de Enciso a Joaquín V. González de Este a Oeste
Artículo 2° Apruébase las remodelaciones graficadas en Plano N° 6948/02 que como Anexo I forma parte integrante de la presente norma.
Artículo 3° Modifícase el recorrido de las Líneas de Transporte Público de Pasajeros N° 114 y N° 107 ad referéndum de lo que oportunamente disponga la Secretaría de Transporte de la Nación, según el siguiente detalle:
Línea 107
Ida a Ciudad Universitaria por su ruta, Fernández de Enciso, José Cubas, San Nicolás, Fernández de Enciso, su ruta
Regreso sin modificación.
Línea 114
Ida a Barrancas de Belgrano, por su ruta, Fernández de Enciso, José Cubas, San
Nicolás, Fernández de Enciso, su ruta
Regreso sin modificación.
Artículo 4° La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.
Artículo 5° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Transporte de la Nación, para su conocimiento y demás fines pase a la Dirección General de Tránsito y Transporte quien comunicará a las líneas de transporte involucradas y Cámaras que las nuclean, y para la ejecución de los trabajos aprobados por la presente remítase a la Dirección General de Obras Públicas.