RESOLUCIÓN 1436 2012 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
INSTRUMENTA EL ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 20-11 - ENTRE REPRESENTANTES DEL CONSEJO CENTRAL PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y EL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - RATIFICACIÓN - ACTAS PARITARIAS SECTORIALES - PROCURACIÓN GENERAL - ACTAS 12- 13- 14
Publicación:
05/10/2012
Sanción:
28/09/2012
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
La Ley N° 471, los Decretos Nros. 465/04 y 285/10, el Acta de Negociación Colectiva
N° 20/11, el Expediente N° 1193837/12 e incorporados, y
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 8 de agosto de 2011, se celebró el Acta de Negociación Colectiva N°
20/11 de la Comisión Paritaria Central, suscripta entre los representantes del Consejo
Central para la Negociación Colectiva del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires
(SUTECBA);
Que, mediante la referida Acta, las partes acuerdan ratificar las Actas Paritarias
Sectoriales N° 12/11, 13/11 y 14/11 de la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley N° 471, los acuerdos
arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la
misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;
Que, en ese sentido, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumente el Acta de Negociación Colectiva N° 20/11, comisión Paritaria Central;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instrumentase el Acta de Negociación Colectiva N° 20/11 de la Comisión
Paritaria Central, suscripta el 8 de agosto de 2011 entre los representantes del
Consejo Central para la Negociación Colectiva del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de
Buenos Aires (SUTECBA), la que en copia certificada obra como Anexo y forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires (SUTECBA) y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría
de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización.
Cumplido, archívese. Grindetti
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4009