RESOLUCIÓN 594 2012 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
READECUACIONES EN LA DOTACIÓN DEL PERSONAL - CUERPO DE BAILE - BALLET ESTABLE - REASIGNACIÓN - DOS - CARGOS DE PRIMER BAILARÍN - DOS - CARGOS BAILARÍN DE FILA - ESTRUCTURA INTERNA
Publicación:
12/10/2012
Sanción:
09/10/2012
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, La Ley de Relaciones Laborales N°
471, La Ley 2.855, los Decretos N° 370/92, 660/03, el Expediente N°1842874/2012, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Nota N°1774090/EATC/2012 la Dirección General de Recursos
Humanos de este Ente, solicitó a la Dirección General Administración y Liquidación de
Haberes de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Modernización, se informe sobre los cargos vacantes a la fecha en la planta
permanente del Ballet Estable;
Que mediante Memorándum N° 1838560/DGALH/2012, se informó que este Teatro,
cuenta con nueve (9) vacantes de 1° Bailarín (H03 801) y cinco (5) vacantes de
Bailarina Solista (H02 802), no existiendo vacantes de Bailarina de Fila (H01 803);
Que este estado, debe destacarse, que en el marco de las políticas de empleo público
que lleva a cabo este Teatro, se han sustanciado concursos con el fin de seleccionar
aquel personal que esté debidamente calificado para integrar la planta de personal y
así mantener y superar el grado de excelencia artística de las actividades que
desarrolla este Coliseo;
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece, en este
aspecto, en su artículo 43°, que la Ciudad garantiza un régimen de empleo público que
asegura la estabilidad y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional
y se reconocen y organizan las carreras por especialidad, a las que se ingresa y se
promociona por concurso público abierto
Que la dotación de personal vigente fue aprobada por los Decretos N°370/MCBA/92, y
660/GCABA/03, de la cual surge, como se expuso, la existencia de vacantes en el
ámbito del Ballet Estable;
Que en estas condiciones, corresponde observar, que deben arbitrarse las medidas
necesarias que permitan continuar con el desarrollo de los procesos concursales, para
lo cual se estima oportuno y conveniente, en virtud de la propia modalidad de tareas
del Ballet Estable, que éstos se sustancien, en una primera instancia, con las
categorías iniciales;
Que mediante la Ley 2.855, se crea el "Ente Autárquico Teatro Colón", en el ámbito
del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la
organización y competencias determinadas en esa ley;
Que la citada norma establece que corresponde a la Dirección General y Artística
establecer y administrar la dotación de personal (inc. i art. 14) y planificar y ejecutar las
actividades que correspondan para el desarrollo de los objetivos del Teatro y las
actividades de los recursos humanos, físicos, económicos, financieros y patrimoniales
(inc. l art. 14);
Que en virtud de las consideraciones expuestas, corresponde que se haga uso de las
facultades conferidas por mandato legislativo y se dispongan las readecuaciones en la
dotación del personal que posibiliten el llamado a concurso en el Ballet Estable en las
categorías de inicio;
Que la Coordinación General de Asuntos Legales de la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal, ha tomado la intervención que le compete;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley 2.855;
Artículo 1.- Reasígnese, a partir del 01 de septiembre de 2012, dos cargos de Primer
Bailarín (H03 801) de las dotaciones que fueran aprobadas por Decreto
N°370/MCBA/92 y ampliadas por Decreto N° 660/GCABA/03, de la forma que se
consigna en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal y de
Recursos Humanos del Ente Autárquico Teatro Colón, a la Dirección General Oficina
de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección General
de Administración y Liquidación de Haberes de la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. García
Caffi
ANEXO