DECRETO 559 2002

Síntesis:

REVOCACIÓN PARCIAL POR NULIDAD ABSOLUTA DEL DECRETO N° 3.273/98 Y SUS DECRETOS DE PRÓRROGA, N° 3.269/98, 103/00 Y 136/01, EN LO QUE RESPECTA A LA DESIGNACIÓN DEL SR. DIEGO HERNÁN GONZALO, COMO PERSONAL DE LA PLANTA TRANSITORIA DE AUXILIARES DE PORTERÍA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN. SE ORDENA EL CESE INMEDIATO DE SU DESEMPEÑO. RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS PRESTADOS POR EL MISMO.

Publicación:

05/06/2002

Sanción:

29/05/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 19.810/01, y,

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación tramita la situación planteada en torno a la designación en los cuadros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Sr. Diego Hernán Gonzalo, DNI 21.729.363, en razón de existir constancias de antecedentes penales emitidas por la Dirección General del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal;

Que por el Art. 5° Inc. c) de la Ordenanza N° 40.401 (B. M. N° 17.489) se establece que están absolutamente impedidos de ingresar a la Administración Municipal (actual Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) todas aquellas personas que tengan proceso penal pendiente o hayan sido condenadas en causa criminal por hecho doloso infamante o grave;

Que si bien dicha Ordenanza fue derogada por la Ley N° 471 (B.O. N° 1026), en el Art. 7°, Inc. a) de la misma Ley se establece que no pueden ingresar a este Gobierno quienes hubieran sido condenados por delito doloso;

Que según surge de las constancias de autos, con fecha once de diciembre de 1992, el Sr. Gonzalo fue condenado a la pena de 1 (uno) año de prisión en suspenso, por el delito de desvío de correspondencia, en la causa que tramitara por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 5, Secretaría N° 10 (ex Secretaría N° 15);

Que tal delito es de naturaleza dolosa por lo cual, se encuentra inhabilitado para ingresar a los cuadros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicho agente fue admitido en esta Administración con anterioridad a la evaluación de sus antecedentes, lo que se estima sólo posible por el ocultamiento de los mismos por parte del causante, ya que de haber sido anoticiado este Gobierno, se hubieran puesto en práctica los mecanismos correspondientes para impedir su ingreso;

Que la estabilidad del empleado público presupone la existencia de un nombramiento válido, no pudiendo derivarse en cambio de una designación que adolece de nulidad absoluta;

Que, de conformidad con la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 1.510/97 (B.O. N° 310), Art. 19, Inc. a) el Art. 104, Inc. 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el señor Jefe de Gobierno se encuentra facultado para dictar el acto administrativo que resuelva esta cuestión;

Que por lo expuesto deben revocarse los actos administrativos que implementaron el ingreso del Sr. Gonzalo a los cuadros de este Gobierno por ser nulos de nulidad absoluta y disponer el cese del aludido en su desempeño como Personal de la Planta Transitoria de Auxiliares de Portería de la Secretaría de Educación, todo ello de acuerdo a lo previsto en el Art. 17 de Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 1.510/97, toda vez que el nombrado ha conocido el vicio que le impedía ingresar a los cuadros de esta Administración;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha dictaminado de conformidad con el criterio sustentado en el presente decreto, aconsejando su dictado;

Que por todo lo expuesto, resulta necesario dictar la norma legal que disponga revocar los Decretos que dispusieron la designación del Sr. Diego Hernán Gonzalo, DNI 21.729.363, y al propio tiempo, reconocer los servicios prestados por el mismo, al solo efecto de convalidar los haberes percibidos hasta la fecha de su cese;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Revócase por ser nulo de nulidad absoluta, el Decreto N° 3.273/98 y sus prórrogas Decretos N° 3.269/98, N° 103/00 y N° 136/01, en lo que respecta a la designación del Sr. Diego Hernán Gonzalo, DNI 21.729.363, como Personal de la Planta Transitoria de Auxiliares de Portería de la Secretaría de Educación, debiendo cesar en forma inmediata en su desempeño, conforme lo previsto en el Art. 17 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 1.510/97 (B.O. N° 310).

Artículo 2° Reconócense los servicios prestados por el Sr. Diego Hernán Gonzalo, DNI 21.729.363, como Personal de la Planta Transitoria de Auxiliares de Portería de la Secretaría de Educación, Grupo G-03, desde el 6 de noviembre de 1998 y hasta la fecha real de su cese, al sólo efecto de convalidar los haberes percibidos por el mismo.

Artículo 3° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación, de Hacienda y Finanzas y Jefe de Gabinete.

Artículo 4° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación fehaciente del interesado y demás efectos pase a la Dirección General de Recursos Humanos y a la Secretaría de Educación. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
El Artículo 1° del Decreto 559 revoca parcialmente por nulidad absoluta el Decreto 136 (en lo que respecta a Diego Hernán Gonzalo)
MODIFICA
El Art. 1° del Decreto 559 revoca parcialmente por nulidad absoluta el Decreto 3269 (en lo que respecta a Diego Hernán Gonzalo)
MODIFICA
El Art. 1° del Decreto 559 revoca parcialmente por nulidad absoluta el Decreto 3273 (en lo que respecta a Diego Hernán Gonzalo)
MODIFICA
El Artículo 1° del Decreto 559 revoca parcialmente por nulidad absoluta el Decreto 103 (en lo que respecta a Diego Hernán Gonzalo)