RESOLUCIÓN 605 2012 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

Síntesis:

SE DESIGNAN INTEGRANTES DE LA COMISIÓN LABORAL DE INTERPRETACIÓN

Publicación:

23/10/2012

Sanción:

16/10/2012

Organismo:

ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN


RESOLUCIÓN N.° 605/EATC/12

Buenos Aires, 16 de octubre de 2012

VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley de Relaciones Laborales N° 471,

la Ley 2.855, la Resolución N° 594/EATC/12, el Expediente N° 2.213.889/12, y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo

43°, que la Ciudad garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad

y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional y se reconocen y

organizan las carreras por especialidad, a las que se ingresa y se promociona por

concurso público abierto;

Que así también el artículo 32°, de la Constitución de la Ciudad, contempla la

participación de los creadores y trabajadores y sus entidades, en el diseño y la

evaluación de políticas culturales;

Que mediante la Ley 2.855, se crea el "Ente Autárquico Teatro Colón", en el ámbito

del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con

personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la

organización y competencias determinadas en esa ley;

Que el artículo 26° de la nombrada ley, dispone que la administración de los recursos

humanos del Ente Autárquico Teatro Colón se rige por la Ley N° 471, sus normas

reglamentarias, complementarias y modificatorias;

Que dicha ley establece entre las funciones que corresponde a la Dirección General y

Artística establecer y administrar la dotación de personal (inc. i artículo 14°) y planificar

y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de los objetivos del

Teatro y las actividades de los recursos humanos, físicos, económicos, financieros y

patrimoniales (inc. l art. 14°);

Que por su parte, la Ley N°471 dispone en su artículo 2°, que las relaciones de

empleo público comprendidas en dicha ley se desenvuelven con la sujeción al principio

por el cual el ingreso al empleo es por concurso público y abierto (artículo 2°, inc. a y

artículo 6°);

Que la citada ley dispone como principio de la carrera administrativa que el progreso

en la misma se hará a través de mecanismos transparentes de selección y concursos

(artículo 31°);

Que por Resolución N° 594/EATC/12 se reasignó, a partir del 01 de septiembre de

2012, dos (2) cargos en la categoría de Bailarín de Fila (H01 803), con el fin de

permitir el desarrollo de los procesos concursales;

Que rigen en la materia las disposiciones del Decreto N°720/02, por el cual se aprobó

el Reglamento de Trabajo para el personal del Teatro Colón, que se desempeña en los

cuerpos escenotécnicos, de servicios auxiliares y los integrantes de los cuerpos

artísticos;

Que el artículo 16° del citado decreto, prevé que se integrará una Comisión Laboral de

Interpretación que estará integrada por dos (2) representantes de los trabajadores y

dos (2) representantes por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires quienes

deberán concurrir con poderes y representatividad suficiente como así también con la

idoneidad requerida y estará llamada a intervenir para elaborar un reglamento en

materia de ingresos, concursos, cobertura transitoria de vacantes, giras y cualquier

otra cuestión que de común acuerdo se decidiera reglamentar;

Que de tal manera, resulta conveniente la integración de dicha comisión, con el fin de

elaborar el reglamento específico que regirá el concurso para cubrir los dos (2) cargos

vacantes en la categoría de Fila del Ballet Estable del Teatro;

Que el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires

(SUTECBA) ha designado a dos (2) integrantes del Ballet Estable para integrar dicha

comisión, que cumplen con los requisitos previstos en el artículo 16° del Decreto

720/02;

Que así también, corresponde la designación de dos (2) funcionarios en

representación de esta Administración;

Que la Coordinación General de Asuntos Legales ha tomado intervención en el marco

de su competencia;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley 2.855;

EL DIRECTOR GENERAL Y ARTÍSTICO

DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON

RESUELVE

Artículo 1.-Desígnase como integrantes de la Comisión Laboral de Interpretación

prevista en el artículo 16 del Decreto N° 720/02, a los agentes Parente Alejandro

Gustavo DNI N° 22.657.684 y Trabalón Edgardo Julio DNI N° 24.855.992 en

representación de los trabajadores y Pokorny Gabriel Francisco DNI N° 20.213.893 y

Hourquebie Eugenia DNI N° 20.213.893 en representación del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires, quienes elaborarán el Reglamento de concurso público y abierto

para cubrir dos (2) vacantes existentes en la categoría de Fila del Ballet Estable del

Ente Autárquico Teatro Colón.

Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos

Aires (SUTECBA) y a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal,

Recursos Humanos y de Producción Artística del Ente Autárquico Teatro Colón,

debiéndose notificar la presente de conformidad con los términos de la Ley de

Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N° 1510/97. Cumplido,

archívese. García Caffi

Tipo de relación

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REFERENCIADA POR
Considerandos de la Res 674-EATC-12 referencia Res 605-EATC-12