RESOLUCIÓN 605 2012 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
SE DESIGNAN INTEGRANTES DE LA COMISIÓN LABORAL DE INTERPRETACIÓN
Publicación:
23/10/2012
Sanción:
16/10/2012
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
RESOLUCIÓN N.° 605/EATC/12
Buenos Aires, 16 de octubre de 2012
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley de Relaciones Laborales N° 471,
la Ley 2.855, la Resolución N° 594/EATC/12, el Expediente N° 2.213.889/12, y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo
43°, que la Ciudad garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad
y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional y se reconocen y
organizan las carreras por especialidad, a las que se ingresa y se promociona por
concurso público abierto;
Que así también el artículo 32°, de la Constitución de la Ciudad, contempla la
participación de los creadores y trabajadores y sus entidades, en el diseño y la
evaluación de políticas culturales;
Que mediante la Ley 2.855, se crea el "Ente Autárquico Teatro Colón", en el ámbito
del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la
organización y competencias determinadas en esa ley;
Que el artículo 26° de la nombrada ley, dispone que la administración de los recursos
humanos del Ente Autárquico Teatro Colón se rige por la Ley N° 471, sus normas
reglamentarias, complementarias y modificatorias;
Que dicha ley establece entre las funciones que corresponde a la Dirección General y
Artística establecer y administrar la dotación de personal (inc. i artículo 14°) y planificar
y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de los objetivos del
Teatro y las actividades de los recursos humanos, físicos, económicos, financieros y
patrimoniales (inc. l art. 14°);
Que por su parte, la Ley N°471 dispone en su artículo 2°, que las relaciones de
empleo público comprendidas en dicha ley se desenvuelven con la sujeción al principio
por el cual el ingreso al empleo es por concurso público y abierto (artículo 2°, inc. a y
artículo 6°);
Que la citada ley dispone como principio de la carrera administrativa que el progreso
en la misma se hará a través de mecanismos transparentes de selección y concursos
(artículo 31°);
Que por Resolución N° 594/EATC/12 se reasignó, a partir del 01 de septiembre de
2012, dos (2) cargos en la categoría de Bailarín de Fila (H01 803), con el fin de
permitir el desarrollo de los procesos concursales;
Que rigen en la materia las disposiciones del Decreto N°720/02, por el cual se aprobó
el Reglamento de Trabajo para el personal del Teatro Colón, que se desempeña en los
cuerpos escenotécnicos, de servicios auxiliares y los integrantes de los cuerpos
artísticos;
Que el artículo 16° del citado decreto, prevé que se integrará una Comisión Laboral de
Interpretación que estará integrada por dos (2) representantes de los trabajadores y
dos (2) representantes por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires quienes
deberán concurrir con poderes y representatividad suficiente como así también con la
idoneidad requerida y estará llamada a intervenir para elaborar un reglamento en
materia de ingresos, concursos, cobertura transitoria de vacantes, giras y cualquier
otra cuestión que de común acuerdo se decidiera reglamentar;
Que de tal manera, resulta conveniente la integración de dicha comisión, con el fin de
elaborar el reglamento específico que regirá el concurso para cubrir los dos (2) cargos
vacantes en la categoría de Fila del Ballet Estable del Teatro;
Que el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires
(SUTECBA) ha designado a dos (2) integrantes del Ballet Estable para integrar dicha
comisión, que cumplen con los requisitos previstos en el artículo 16° del Decreto
720/02;
Que así también, corresponde la designación de dos (2) funcionarios en
representación de esta Administración;
Que la Coordinación General de Asuntos Legales ha tomado intervención en el marco
de su competencia;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley 2.855;
EL DIRECTOR GENERAL Y ARTÍSTICO
DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
RESUELVE
Artículo 1.-Desígnase como integrantes de la Comisión Laboral de Interpretación
prevista en el artículo 16 del Decreto N° 720/02, a los agentes Parente Alejandro
Gustavo DNI N° 22.657.684 y Trabalón Edgardo Julio DNI N° 24.855.992 en
representación de los trabajadores y Pokorny Gabriel Francisco DNI N° 20.213.893 y
Hourquebie Eugenia DNI N° 20.213.893 en representación del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, quienes elaborarán el Reglamento de concurso público y abierto
para cubrir dos (2) vacantes existentes en la categoría de Fila del Ballet Estable del
Ente Autárquico Teatro Colón.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires (SUTECBA) y a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal,
Recursos Humanos y de Producción Artística del Ente Autárquico Teatro Colón,
debiéndose notificar la presente de conformidad con los términos de la Ley de
Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N° 1510/97. Cumplido,
archívese. García Caffi