DECRETO 513 2012
Síntesis:
RATIFICA CONVENIO TRIPARTITO - SUSCRIPTO EL 3 DE OCTUBRE DE 2012 ENTRE EL ESTADO NACIONAL REPRESENTADO POR EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ANÍBAL FLORENCIO RANDAZZO Y POR EL SECRETARIO DE TRANSPORTE ALEJANDRO ARIEL RAMOS - PROVINCIA DE BUENOS AIRES GOBERNADOR DANIEL SCIOLI Y POR EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA PROVINCIAL DE TRANSPORTE HUGO BILBAO Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES MINISTRO DE GOBIERNO EMILIO MONZÓ Y POR EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE GUILLERMO DIETRICH - CREACIÓN DE LA AGENCIA DE TRANSPORTE METROPOLITANO - OBJETO - CONSTITUCIÓN DE UN ORGANISMO INTERJURISDICCIONAL CONSULTIVO DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EN MATERIA DE TRANSPORTE Y SU INFRAESTRUCTURA - DIRECCIÓN EJERCIDA POR UN REPRESENTANTE DEL ESTADO NACIONAL - PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y DE LACIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
30/10/2012
Sanción:
23/10/2012
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El expediente N° 2.126.728/12,y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la ratificación del Convenio Tripartito
suscripto el día 3 de Octubre de 2012, entre el Estado Nacional, representado por el
Sr. Ministro del Interior y Transporte, Cdor. Aníbal Florencia Randazzo y por el Sr.
Secretario de Transporte, Dr. Alejandro Ariel Ramos, la Provincia de Buenos Aires
representada por el Sr. Gobernador Daniel Scioli y por el Sr. Director Ejecutivo de la
Agencia Provincial de Transporte, Ing. Hugo Bilbao; y la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, representada por el Sr. Ministro de Gobierno, Dr. Emilio Monzó y por el Sr.
Subsecretario de Transporte, Lic. Guillermo Dietrich, destinado a la creación de la
Agencia de Transporte Metropolitano;
Que el objeto principal del citado convenio es la constitución de un organismo
interjurisdiccional consultivo, de coordinación y planificación en materia de transporte y
su infraestructura, cuya dirección será ejercida por un representante del Estado
Nacional , un representante de la Provincia de Buenos Aires y un representante de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el mencionado organismo se denominará Agencia de Transporte Metropolitano, la
cual desempeñará funciones que se le atribuyen mediante el convenio por el cual fue
creado, así como también las que puedan asignársele en el futuro por acuerdo de las
partes, en consonancia con los objetivos expresados en dicho acuerdo
interadministrativo;
Que las partes firmantes del referido Convenio han manifestado que, por tratarse el
transporte de un servicio donde se encuentra comprometido el interés público y el
derecho de los usuarios, es un deber indelegable de las jurisdicciones involucradas
arbitrar las medidas que garanticen la continuidad, regularidad, cantidad, calidad y
universalidad del mismo;
Que al respecto, es voluntad de las partes, conforme se expresa en dicho instrumento,
mejorar las condiciones de vinculación y seguridad del transporte de pasajeros y carga
del Área Metropolitana de Buenos Aires, a través de la planificación y coordinación del
sistema de transporte urbano y suburbano conformado por servicios que se presten
bajo jurisdicción de las partes firmantes, por cualquier medio o modo;
Que el aludido Convenio ha sido suscripto por el señor Ministro de Gobierno y por el
Subsecretario de Transporte, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en
representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que entre las responsabilidades primarias de la citada Subsecretaría se encuentra la
de entender en la formulación de políticas, regulaciones y planes de transporte urbano
concernientes al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su articulación con
el Área Metropolitana, así como en la coordinación interjurisdiccional;
Que a su vez el Ministerio de Gobierno tiene a su cargo coordinar, definir y supervisar
la implementación de políticas públicas interjurisdiccionales para la Región
Metropolitana de Buenos Aires, así como también coordinar con los distintos
Ministerios, Secretarías y Entes específicos competentes, las políticas de los
organismos interjurisdiccionales en los que la Ciudad de Buenos Aires sea parte;
Que el artículo 12 del Convenio en cuestión establece que dentro de sus respectivas
jurisdicciones las partes firmantes implementarán los mecanismos de aprobación o
ratificación que correspondieren;
Que, en atención a lo expuesto corresponde proceder a la ratificación del Convenio
Tripartito entre el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aíres y la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires destinado a la creación de la Agencia de Transporte Metropolitano
(ATM);
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete, conforme las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.218.
Por ello, en uso de las facultad conferidas por los Artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Ratifícase el Convenio Tripartito suscripto el día 3 de Octubre de 2012,
entre el Estado Nacional, representado por el Sr. Ministro del Interior y Transporte,
Cdor. Aníbal Florencio Randazzo y por el Sr. Secretario de Transporte, Dr. Alejandro
Ariel Ramos; la Provincia de Buenos Aires representad a por el Sr. Gobernador Daniel
Scioli y por el Sr. Director Ejecutivo de la Agencia Provincial de Transporte , Ing. Hugo
Bilbao; y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por el Sr. Ministro de
Gobierno, Dr. Emilio Monzó y por el Sr. Subsecretario de Transporte, Lic. Guillermo
Dietrich, destinado a la creación de la Agencia de Transporte Metropolitano, que como
Anexo I ya todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires y para su conocimiento y demás fines remítase al Ministerio de Gobierno y a la
Subsecretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de
Ministros. Cumplido, archívese. MACRI - Monzó - Stanley a/c
ANEXOS