RESOLUCIÓN 31 2012
Síntesis:
APROBACIÓN DE CIRCUITO ADMINISTRATIVO- CIRCUITO DE PAGO - MINISTERIO PÚBLICO - PODER JUDICIAL - REMISIÓN DE ÓRDENES DE PAGO A LA OFICINA DE TESORERÍA - ADMINISTRACIÓN CONTABLE
Publicación:
01/11/2012
Sanción:
17/10/2012
Organismo:
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N°
1903 Orgánica del Ministerio Público-, la Nota CCAMP N° 01/2012, la Resolución CM
N° 37/2012, las Resoluciones CCAMP N° 14/2012, N° 20/2012, N° 21/2012 y N°
26/2012, y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
establece que el MINISTERIO PÚBLICO posee autonomía funcional y autarquía
dentro del Poder Judicial, lo que es reafirmado por el artículo 1° de la Ley 1903,
Orgánica del Ministerio Público, y por el artículo 22 de la misma.
Que de la autarquía citada se desprenden prerrogativas administrativas, que facultan
al Ministerio Público a organizar su funcionamiento.
Que la Ley Orgánica citada, en su artículo 18 inc. 4°, establece que para el ejercicio de
sus facultades, así como de las restantes competencias que emanan de la ley, los
titulares de cada ámbito del MINISTERIO PÚBLICO pueden actuar en forma conjunta
emitiendo las resoluciones que resulten pertinentes, y que tal modalidad de actuación
es necesaria cuando se establecen reglas o pautas de aplicación general para todo el
MINISTERIO PÚBLICO.
Que por su parte, el artículo 24 de la norma aludida establece que la COMISIÓN
CONJUNTA DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO se constituye a los
efectos de ejercer las competencias y facultades de administración general que
involucren al MINISTERIO PÚBLICO en su conjunto.
Que el mismo artículo 24 instituye en su inciso 3° que la intervención de la Comisión
Conjunta de Administración resulta obligatoria respecto de los asuntos relacionados
con la organización y dirección de estructuras mínimas necesarias para el normal y
eficiente cumplimiento de las tareas de administración asignadas por la Ley 1903.
Que mediante Resolución CCAMP N° 12/2010 el Ministerio Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires asumió las funciones de Tesorería, fijando la fecha de
inicio de las operaciones pertinentes para el día 1° de Enero de 2011.
Que, con posterioridad a la fecha referida en el párrafo precedente, y, por Resolución
CM N° 37/2012, el Consejo de la Magistratura aprobó la estructura, misiones y
funciones de la Comisión Conjunta de Administración, conforme fueran solicitadas
mediante Nota CCAMP N° 01/2012, ubicando la Tesorería del Ministerio Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de la órbita de la Secretaría General de
Gestión y Administración Financiera.
Que por la Resolución CCAMP N° 26/2012 se adoptó la estructura orgánica de la
Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público.
Que por Nota SGGyAF N°8/2012 la Secretaría General de Gestión y Administración
Financiera elevó un proyecto de Circuito de Pago para el Ministerio Público a
consideración de esta Comisión Conjunta de Administración.
Que en virtud de lo expuesto y sin perjuicio de la auditoria de corte dispuesta y de las
conclusiones que de ella surjan para el traspaso de la función, corresponde adecuar
los circuitos administrativos del servicio de Tesorería, a fin de adaptarlos a la nueva
estructura implementada.
Es por ello que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Constitución
de la Ciudad y en los artículos 1, 18, 21, 24 y concordantes de la Ley 1903,
ARTICULO 1°.- Apruébase el circuito administrativo que se establece en el anexo que
se adjunta e integra la presente, y que se denomina: "Circuito de Pago del Ministerio
Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"el que será de cumplimiento
obligatorio para todas las Áreas del Ministerio Público que remitan Ordenes de Pago a
la Oficina de Tesorería.
ARTICULO 2°.- Delegase en la Secretaria General de Gestión y Administración
Financiera el dictado de normas ampliatorias, interpretativas o aclaratorias de la
presente.
ARTICULO 3°.- Regístrese, publíquese en la página de Internet del Ministerio Público
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a la Secretaría General de Gestión y Administración Financiera de
la Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público, y a los demás
Secretarios Generales de las tres Ramas del Ministerio Público, oportunamente
archívese. Kestelboim - Musa - Garavano
ANEXOS