RESOLUCIÓN 31 2012

Síntesis:

APROBACIÓN DE CIRCUITO ADMINISTRATIVO- CIRCUITO DE PAGO - MINISTERIO PÚBLICO - PODER JUDICIAL - REMISIÓN DE ÓRDENES DE PAGO A LA OFICINA DE TESORERÍA - ADMINISTRACIÓN CONTABLE

Publicación:

01/11/2012

Sanción:

17/10/2012

Organismo:

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

El artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N°

1903 Orgánica del Ministerio Público-, la Nota CCAMP N° 01/2012, la Resolución CM

N° 37/2012, las Resoluciones CCAMP N° 14/2012, N° 20/2012, N° 21/2012 y N°

26/2012, y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

establece que el MINISTERIO PÚBLICO posee autonomía funcional y autarquía

dentro del Poder Judicial, lo que es reafirmado por el artículo 1° de la Ley 1903,

Orgánica del Ministerio Público, y por el artículo 22 de la misma.

Que de la autarquía citada se desprenden prerrogativas administrativas, que facultan

al Ministerio Público a organizar su funcionamiento.

Que la Ley Orgánica citada, en su artículo 18 inc. 4°, establece que para el ejercicio de

sus facultades, así como de las restantes competencias que emanan de la ley, los

titulares de cada ámbito del MINISTERIO PÚBLICO pueden actuar en forma conjunta

emitiendo las resoluciones que resulten pertinentes, y que tal modalidad de actuación

es necesaria cuando se establecen reglas o pautas de aplicación general para todo el

MINISTERIO PÚBLICO.

Que por su parte, el artículo 24 de la norma aludida establece que la COMISIÓN

CONJUNTA DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO se constituye a los

efectos de ejercer las competencias y facultades de administración general que

involucren al MINISTERIO PÚBLICO en su conjunto.

Que el mismo artículo 24 instituye en su inciso 3° que la intervención de la Comisión

Conjunta de Administración resulta obligatoria respecto de los asuntos relacionados

con la organización y dirección de estructuras mínimas necesarias para el normal y

eficiente cumplimiento de las tareas de administración asignadas por la Ley 1903.

Que mediante Resolución CCAMP N° 12/2010 el Ministerio Público de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires asumió las funciones de Tesorería, fijando la fecha de

inicio de las operaciones pertinentes para el día 1° de Enero de 2011.

Que, con posterioridad a la fecha referida en el párrafo precedente, y, por Resolución

CM N° 37/2012, el Consejo de la Magistratura aprobó la estructura, misiones y

funciones de la Comisión Conjunta de Administración, conforme fueran solicitadas

mediante Nota CCAMP N° 01/2012, ubicando la Tesorería del Ministerio Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de la órbita de la Secretaría General de

Gestión y Administración Financiera.

Que por la Resolución CCAMP N° 26/2012 se adoptó la estructura orgánica de la

Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público.

Que por Nota SGGyAF N°8/2012 la Secretaría General de Gestión y Administración

Financiera elevó un proyecto de Circuito de Pago para el Ministerio Público a

consideración de esta Comisión Conjunta de Administración.

Que en virtud de lo expuesto y sin perjuicio de la auditoria de corte dispuesta y de las

conclusiones que de ella surjan para el traspaso de la función, corresponde adecuar

los circuitos administrativos del servicio de Tesorería, a fin de adaptarlos a la nueva

estructura implementada.

Es por ello que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Constitución

de la Ciudad y en los artículos 1, 18, 21, 24 y concordantes de la Ley 1903,

LA COMISIÓN CONJUNTA DE ADMINISTRACIÓN

DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébase el circuito administrativo que se establece en el anexo que

se adjunta e integra la presente, y que se denomina: "Circuito de Pago del Ministerio

Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"el que será de cumplimiento

obligatorio para todas las Áreas del Ministerio Público que remitan Ordenes de Pago a

la Oficina de Tesorería.

ARTICULO 2°.- Delegase en la Secretaria General de Gestión y Administración

Financiera el dictado de normas ampliatorias, interpretativas o aclaratorias de la

presente.

ARTICULO 3°.- Regístrese, publíquese en la página de Internet del Ministerio Público

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires, comuníquese a la Secretaría General de Gestión y Administración Financiera de

la Comisión Conjunta de Administración del Ministerio Público, y a los demás

Secretarios Generales de las tres Ramas del Ministerio Público, oportunamente

archívese. Kestelboim - Musa - Garavano


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4027

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art 1 de la Resolución 31-CCAMP-12 aprueba el Circuito de Pago del Ministerio Público  para la remisión de órdenes de pago a la Oficina de Tesorería, servicio asumido por Resolución 12-MP-10.</p>