RESOLUCIÓN 479 2012 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

INSTITUYE OBLIGATORIEDAD - UTILIZAR HOJAS DE TAMAÑO A4 EN TODAS LAS ÁREAS ADMINISTRATIVAS Y JURISDICCIONALES - MODIFICACIÓN DE LOS INCISOS DECIMOSEGUNDO Y DECIMOSEXTO DEL ART 1 REGLAMENTO GENERAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PODER JUDICIAL RESOLUCIÓN CM 152-99 Y SUS RES. CM-138/00, 175/00, 405/00, 36/01, 251/02, 1136/05, 634/06 Y 670/06 - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA 

Publicación:

01/11/2012

Sanción:

23/10/2012

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO:

La Declaración de Río de Janeiro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, la

Constitución Nacional en su artículo 41 y de la Ciudad de Buenos Aires en su artículo

26, la Ley Nacional N° 25675; y

CONSIDERANDO:

Que la Nación Argentina participó de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el

Ambiente y el Desarrollo de 1992, conocida más comúnmente como "Cumbre para la

Tierra", y adhirió a los principios universales para el Desarrollo Sustentable volcados

en el Anexo I como la Declaración de Río de Janeiro sobre el Medio Ambiente y el

Desarrollo, donde el fin y sentido general es procurar alcanzar acuerdos

internacionales donde "se respeten los intereses de todos y se proteja la integridad del

sistema ambiental y de desarrollo mundial"

Que la Constitución de la Nación Argentina, a través de su artículo 41, declara el

derecho que gozan los habitantes a un ambiente sano, equilibrado, apto para el

desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades

presentes sin comprometer las de las generaciones futuras. En virtud de ello, instituye

el deber de las autoridades a proveer a la protección de ese derecho y a la utilización

racional de los recursos naturales.

Que la Carta Magna de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires coincide con estos

preceptos y en su artículo 26 promulga que "(t)oda persona tiene derecho a gozar de

un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las

generaciones presentes y futuras. Toda actividad que suponga en forma actual o

inminente un daño al ambiente debe cesar".

Que en compromiso a las responsabilidades asumidas se dictó la Ley General del

Ambiente -N° 25.675- en la cual reza su artículo primero que: "establece presupuestos

mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la

preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo

sustentable"; y en tal sentido, en el artículo 2°, inciso d), erige como uno de sus

objetivos "promover el uso racional y sustentable de los recursos naturales".

Que en sintonía con las disposiciones señaladas, el Consejo de la Magistratura de la

Ciudad de Buenos Aires trabaja de manera continua en la búsqueda y aplicación de

tecnologías que favorezcan al desarrollo sustentable de sus tareas sin perjudicar al

medio ambiente y las generaciones futuras. Signo de ello es la Res CM N° 1050/2011,

mediante la cual se aprueba el "Convenio de Asistencia Técnica Profesional de la UTN

para diseñar un Plan Estratégico Integral de Digitalización Documentaria y Desarrollar

un Programa Piloto de Digitalización"; ello, en pos de erradicar los documentos en

soporte papel y lograr la plena digitalización.

Que según se informó desde la Dirección de Informática y Tecnología de este

Consejo, desde febrero a diciembre 2011 la jurisdicción ejecutó un total de un millón

catorce mil ciento ochenta y siete (1.014.187) trabajos de impresión, reflejados en dos

millones quinientos cuarenta y siete mil seiscientos siete (2.547.607) hojas de tamaño

Legal. De las impresiones precitadas, cuatrocientos ochenta y cuatro mil veintidós

(484.022) fueron de una foja para proveídos o despachos simples, es decir, el 47,7 %

se pudo haber realizado en hojas de tamaño A4 sin que ello vaya en desmedro del

expediente o las labores que conlleva su despacho. Se suma a lo hasta aquí expuesto,

el reporte emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones que muestra que para

la jurisdicción, desde el año 2008 al 2011, la adquisición de resmas Oficio se vio

incrementada en casi un 35% (de 4541 a 6126 unidades); en tanto, el costo por unidad

de 2008 a 2012, aumentó en un 248,3% (de $ 13,74 a $ 34,12). En definitiva, de

utilizarse sólo hojas tamaño A4, cuya resma tiene un valor de pesos veintisiete con

veinticuatro centavos ($ 27,24), se reduciría el costo en poco más de un 20%; y más

importante aún, esto acarrearía una sensible baja de consumo de papel.

Que en este contexto, como nuevo testimonio de la responsabilidad asumida en la

búsqueda de desarrollar prácticas sustentables en las tareas que lleva a cabo el Poder

Judicial, con los fundamentos legales volcados y la visualización de los informes

precitados que revela más beneficioso no solo desde el aspecto ambiental sino

también desde lo económico dejar de utilizar hojas en tamaño Oficio, es propicio

instituir la obligatoriedad de utilizar hojas de tamaño A4 en todas las áreas

administrativas y jurisdiccionales.

En tal sentido, resulta necesario adecuar esta llamada en el Reglamento General de

Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (Res. CM N° 152/99 con las modificaciones introducidas por las Res. CM N° 138-

00, 175-00, 405-00,36-01, 251-02, 1136/05, 634/06 y 670/06)

Que en este mismo orden de ideas, resulta indispensable instruir a la Comisión de

Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y

Telecomunicaciones, y al señor Administrador General del Poder Judicial, a fin de que

se arbitren las medidas necesarias para que en lo sucesivo la adquisición de resmas

se limite al tamaño A4.

Que, por lo demás, y en sintonía con el lineamientos y fundamentos volcados hasta el

momento, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso en su Acordada N° 38/11

la obligatoriedad, tanto para su órbita como para las presentaciones que se les

realicen, de utilizar papelería en tamaño A4; ello, a raíz de las investigaciones que

arrojara el Sistema de Gestión Ambiental creado mediante Acordada CSJN N° 35/11

en pos de "orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación

de las políticas, planes, proyectos y acciones destinados a la protección del ambiente

y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales".

Que la de Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la

Información y Telecomunicaciones tomó la debida intervención emitiendo el

correspondiente dictamen.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 116 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ley 31 y sus modificatorias.

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Institúyase la obligatoriedad de utilizar hojas de tamaño A4 en todas las áreas

administrativas y jurisdiccionales del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 2°: Modificar el inciso decimosegundo del artículo 1° del Reglamento General de

Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (Resolución CM N° 152/99, con las modificaciones introducidas por las Res.

C.M. N° 138/00, 175/00, 405/00, 36/01, 251/02, 1136/05, 634/06 y 670/06),

reemplazándolo por el texto que a continuación se transcribe:

"1.12. Los expedientes se compaginan en cuerpos debidamente foliados que no

excedan de doscientas (200) fojas en tamaño A4, salvo cuando este límite obligue a

dividir escritos o documentos que constituyan una sola pieza. Deben tener una

carátula en la que se indique el nombre de las partes, la naturaleza del juicio, número

de expediente y el año de su iniciación. Cuando los litigantes fuesen más de uno por

parte, la carátula puede limitarse al nombre del primero de ellos con el agregado "y

otro/s"."

Art. 3°: Modificar el inciso decimosexto del artículo 1° del Reglamento General de

Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (Resolución CM N° 152/99, con las modificaciones introducidas por las Res.

C.M. N° 138/00, 175/00, 405/00, 36/01, 251/02, 1136/05, 634/06 y 670/06),

reemplazándolo por el texto que a continuación se transcribe:

"1.16. En todos los escritos debe emplearse hojas en tamaño A4 y un método de

escritura que permita su fácil lectura, conservación y reproducción. Toda expresión de

cantidad debe consignarse en números y en letras. Cuando el escrito contenga una

expresión en idioma extranjero debe ser simultáneamente traducida al castellano. Los

abogados y procuradores deben indicar el tomo y folio, o el número de su matrícula.

La presentación de escritos en formularios impresos o fotocopiados es admisible si

permite su fácil lectura."

Art. 4°: Instruir a la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y

Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, y al señor Administrador General

del Poder Judicial, a que se tomen las medidas necesarias para que, desde el día de

la fecha, la adquisición de resmas se limite al formato A4.

Art. 5°: Las medidas dispuestas en los artículos 1° a 3° de la presente entrarán en

vigencia el día 1° de febrero de 2013.

Art. 6°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, anúnciese en la página de internet

del Poder Judicial (www.jusbaires.gov.ar), comuníquese a la Secretaría Legal y

Técnica y, por su intermedio, a las áreas involucradas y, oportunamente, archívese.

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MODIFICA
Res 479-CMCABA-12 modifica inciso decimosegundo y decimosexto del artículo 1 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial por resolución 152-CMCABA-99