DISPOSICIÓN 220 2012 DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA
Síntesis:
APRUEBAN CRITERIOS PARA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE JORNADA EXTENDIDA EN NIVEL INICIAL Y PRIMARIO - EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA - COLEGIOS - ESCUELAS PRIVADAS - PAUTAS PARA LA ORGANIZACIÓN
Publicación:
07/11/2012
Sanción:
17/10/2012
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA
VISTO:
La Ley de Educación Nacional N° 26.206, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.206 considera a la Educación y al conocimiento como un bien
público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado y que éste debe
asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades, sin
desequilibrios regionales ni inequidades sociales;
Que en su Artículo 24 establece, entre las características propias de la organización
de la educación inicial, que la extensión de la jornada serán determinados por las
disposiciones reglamentarias, que respondan a las necesidades de los/as niños/as y
sus familias.
Que, asimismo, en su Artículo 28 establece que "las escuelas primarias serán de
jornada extendida o completa con la finalidad de asegurar el logro de los objetivos
fijados para este nivel" por dicha norma
Que, por otra parte, en su artículo 135 establece que el Consejo Federal de Educación
acordará y definirá los criterios organizativos, los modelos pedagógicos y demás
disposiciones necesarias para, entre otros temas, implementar la jornada extendida o
completa, debiendo las distintas jurisdicciones garantizar, mientras se realiza la
adecuación progresiva del nivel primario, "un mínimo de VEINTE (20) horas de clase
semanales para las escuelas primarias que no cuenten aún con la jornada extendida o
completa".
Que, el presente proyecto se ha generado a partir de las experiencias realizadas en
escuelas de nivel inicial y primario supervisadas por esta Dirección General;
Que resulta conveniente dotar a tales experiencias de un marco normativo adecuado
que permita sustentar y generalizar las mismas tanto en el nivel inicial como primario.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 660/11
Artículo 1°.- Apruébanse los "Criterios para la presentación de Proyectos de Jornada
Extendida en el Nivel inicial" que como ANEXO I forma parte integrante de la presente
disposición y se encuentra registrada en GEDO como DI-2012-02237071-DGEGP.
Artículo 2°.- Apruébanse los "Criterios para la presentación de Proyectos de Jornada
Extendida en el Nivel Primario" que como Anexo II forma parte integrante de la
presente disposición y se encuentra registrada en GEDO como DI-2012-02237212-
DGEGP.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a las
Coordinaciones de la Supervisión de Educación Inicial, Primario y Primario de Adultos,
de Educación Especial; de Educación Media, de Educación Superior, Técnico-
Pedagógica y de Organización Escolar, y al Sector Certificaciones y Registro
Documental, para su conocimiento. Cumplido, archívese. Jáuregui
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4031