DECRETO 62 2002
Síntesis:
ADSCRIPCIÓN DEL AGENTE DAMIÁN GUILLERMO JAIMOVICH, D.N.I. 24.314.715, EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUJER, DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL.
Publicación:
18/06/2002
Sanción:
02/05/2002
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 17.236/SA/02, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente tramita la solicitud de adscripción del agente Damián Guillermo Jaimovich (DNI 24.314.715 - Legajo N° 9.294), efectuada por la Directora General de la Mujer, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el agente Jaimovich, integra la planta permanente de este Cuerpo, desempeñándose en el Despacho de la Diputada Clorinda Yelicic;
Que la solicitud efectuada cuenta con la conformidad de la citada Legisladora;
Que dicho pedido está encuadrado dentro de los términos del Artículo 6° del Decreto N° 289/VP/98;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó en el caso la intervención de su competencia;
Por ello, en uso de las facultades que la son propias de conformidad con lo establecido en el artículos 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 88 del Reglamento Interno de este Cuerpo,
Artículo 1° Dispónese la adscripción, a partir de la fecha de notificación del presente acto y por el término de 120 días, del agente Damián Guillermo Jaimovich (DNI 24.314.715 - Legajo N° 9.294) en la Dirección General de la Mujer, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° El agente Damián Guillermo Jaimovich, deberá presentar ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una certificación de servicios mensual a efectos de justificar su asistencia al Organismo solicitante para proceder a la percepción de sus haberes.
Artículo 3° Notifíquese, a través de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos al agente mencionado en el artículo precedente, lo dispuesto en el presente acto.
Artículo 4° Líbrese comunicación, a través de la Dirección General de Despacho Administrativo, a la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 5° Publíquese en el Boletín Oficial.
Artículo 6° Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Despacho Administrativo y Gestión de Recursos Humanos y al Despacho de la Diputada Clorinda Yelicic. Cumplido, archívese.